Cómo liquidar sueldos en una pyme argentina paso a paso: bruto, deducciones (jubilación, obra social, ley 19.032), antigüedad, horas extras, SAC, vacaciones y presentación del F.931. Sin errores ni multas.

Un buen liquidador sueldo es la diferencia entre una pyme que crece tranquila y una que vive con miedo a la próxima inspección de AFIP/ARCA o un juicio laboral. Liquidar sueldos en Argentina suena complejo (porque lo es: hay convenios distintos por rubro, paritarias trimestrales, aportes, contribuciones, asignaciones, retenciones de impuesto a las ganancias) pero se vuelve manejable cuando seguís un orden claro y usás un sistema que automatice los cálculos. Esta guía te lleva paso a paso por la liquidación mensual completa, desde el cierre de novedades hasta la presentación del F.931.
La liquidación arranca antes de tocar números. Hay que cerrar las "novedades": todo lo que pasó ese mes y afecta el recibo. Las novedades típicas son:
El cierre de novedades es lo que más demora atrasos en RRHH. Si el equipo de operaciones no manda las horas extras antes del día 25, el liquidador se queda esperando. Definí un cutoff fijo y respetalo. En sistemas integrados, las horas extras y asistencias se cargan en tiempo real desde la app de relojado y llegan al liquidador automáticamente.
Los conceptos remunerativos son la base imponible para aportes y contribuciones. Los más comunes:
El sueldo básico de convenio para la categoría del empleado, ajustado por jornada (full-time, part-time) y por días trabajados. Si el empleado faltó injustificadamente 2 días, se le descuentan esos 2/30 del básico.
Porcentaje del sueldo básico por año cumplido. En CCT 130/75 (Comercio) es el 1% por año, con tope variable. La fecha de cómputo es la de ingreso al convenio, no a la empresa: si entró como técnico y después pasó a empleado de comercio, la antigüedad puede arrancar de cero.
Algunos convenios pagan un adicional por asistencia perfecta o casi perfecta. En CCT 130/75 es el 8.33% si tuvo asistencia perfecta, baja escalonadamente con faltas. Si el sistema no lo calcula automáticamente, se pierde plata.
Valor hora normal × 1.5 (50%) o × 2 (100%) según día y horario. El valor hora normal se obtiene dividiendo el sueldo básico por 200 (jornada estándar). Es uno de los conceptos más propensos a errores en liquidaciones a mano.
Lo que diga el contrato individual o convenio. Si son habituales y mensuales, son remunerativas. Si son extraordinarias (un premio puntual por proyecto), suelen ser no remunerativas con cargas distintas.
Solo en los meses en que se paga aguinaldo (junio y diciembre). Es el 50% del mejor sueldo del semestre. Se calcula sobre los conceptos remunerativos del período.
Sobre el total remunerativo se aplican las retenciones del trabajador. Los porcentajes vigentes en 2026 son:
Total mínimo de deducciones: ~17% del bruto remunerativo (sin contar sindicato y cuota solidaria). Es lo que el empleado "no ve" pero está pagando.
Hay deducciones que solo aplican a algunos empleados:
Sueldo bruto total – deducciones obligatorias – deducciones particulares = neto a pagar. Ese es el monto que se acredita en la cuenta sueldo del empleado.
Aclaración importante: el bruto es lo que el empleador "le paga" al empleado nominalmente, pero el costo laboral incluye las contribuciones patronales, que son adicionales: 23% a 27% del bruto remunerativo, según rubro. Es decir, un sueldo bruto de $800.000 le cuesta a la empresa entre $984.000 y $1.016.000. Tenelo en cuenta al hacer ofertas.
Con los números calculados, se emite el recibo del artículo 140 LCT con todos los conceptos discriminados. Si usás recibo digital (recomendado, ver nuestra guía sobre recibo de sueldo digital), el sistema notifica al empleado y queda firmado electrónicamente.
La liquidación no termina con el recibo. Hay que generar el archivo SICOSS y presentar el F.931 en AFIP/ARCA. Plazo: 15 días corridos del mes siguiente. Pasos:
Los sistemas modernos integrados (como YoFacturo) hacen esto en un clic: generan el SICOSS directamente, lo presentan por la API de AFIP/ARCA y emiten el VEP automáticamente. Esto ahorra el aplicativo SICOSS desktop y los errores de transcripción.
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Como regla general: hasta 10 empleados con un solo convenio simple, in-house con buen software alcanza. De 10 a 50, varía mucho según la complejidad. Más de 50 o múltiples convenios, tercerizar con un estudio contable especializado suele compensar el costo (~$5.000-12.000 por empleado/mes). Lo importante es que el sistema in-house pueda exportar los datos al estudio sin trabajo manual: si terminás llenando una planilla Excel todos los meses, no estás ahorrando nada.
YoFacturo incluye módulo de RRHH con liquidación de sueldos integrada para CCTs argentinos (Comercio, Sanidad, Camioneros, Construcción, Servicio Doméstico, entre otros). El sistema carga las paritarias actualizadas automáticamente, calcula básico, antigüedad, presentismo, SAC y horas extras, genera SICOSS, presenta F.931 vía API y emite el recibo digital con firma electrónica. El empleado lo recibe en su panel y lo firma en un clic. Todo queda en la nube por 10 años. Para el panorama completo, leé también la guía de recibo de sueldo digital.
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Remunerativo paga aportes y contribuciones; no remunerativo no. AFIP/ARCA mira con lupa los no remunerativos.
Según convenio. En CCT 130/75 es 1% del básico por año cumplido. La fecha de cómputo es la del convenio, no la de la empresa.
Mínimo 17% del bruto remunerativo (11% jubilación + 3% ley 19.032 + 3% obra social). Más sindicato si corresponde.
Primera cuota antes del 30 de junio, segunda antes del 18 de diciembre. Es 50% del mejor sueldo del semestre.
15 días corridos del mes siguiente al liquidado. Atraso genera recargos.
Depende. Hasta 10 empleados, in-house con buen software alcanza. Más de 50, tercerizar suele compensar.
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