Impuestos y Monotributo

Cómo se paga el IVA en Uruguay: liquidación, formularios y ejemplo práctico 2026

Todo lo que necesitás saber sobre cómo se paga el IVA en Uruguay: débito y crédito fiscal, declaración mensual ante DGI, formulario 1102, plazos de vencimiento y un ejemplo completo en pesos uruguayos para 2026.

Ilustración vectorial de liquidación del IVA en Uruguay con íconos de facturas, formularios DGI y pesos uruguayos en tonos violeta y azul
Ilustración vectorial de liquidación del IVA en Uruguay con íconos de facturas, formularios DGI y pesos uruguayos en tonos violeta y azul
Carla Franco
Carla FrancoEspecialista en facturación electrónica y monotributoPublicado: 27 de junio de 2026 · 8 min de lectura

Entender cómo se paga el IVA en Uruguay es indispensable para cualquier empresa o profesional inscripto en el régimen general de la DGI. A diferencia del Monotributo —que está exento de este impuesto—, los contribuyentes de IVA deben liquidar mensualmente la diferencia entre el impuesto cobrado en sus ventas y el que pagaron en sus compras. En esta guía te explicamos todo el proceso: qué es el débito y el crédito fiscal, cuáles son los formularios, cuándo vence la declaración y un ejemplo paso a paso en pesos uruguayos.

¿Qué es el IVA y quiénes están obligados a pagarlo en Uruguay?

El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un tributo indirecto recaudado por la Dirección General Impositiva (DGI) que grava el consumo de bienes y servicios en cada etapa de la cadena comercial. No lo soporta la empresa en sí, sino el consumidor final: el vendedor actúa como agente de retención que recauda el impuesto y lo deposita en la DGI.

En Uruguay existen tres tasas principales vigentes en 2026:

Tasa Porcentaje Aplica a
Básica 22% Mayoría de bienes y servicios: electrónica, ropa, servicios profesionales, alquiler de locales comerciales, gastronomía, etc.
Mínima 10% Alimentos de la canasta básica, medicamentos, algunos servicios de salud y transporte de pasajeros.
0% / Exento 0% Exportaciones de bienes, servicios educativos habilitados, arrendamiento de inmuebles para vivienda, entre otros.

Verificá siempre las tasas y exoneraciones vigentes en el sitio oficial de DGI (www.dgi.gub.uy), ya que la normativa puede actualizarse.

Monotributo versus régimen general: una distinción clave

Los monotributistas están exentos de IVA: no lo incluyen en sus facturas, no generan débito ni crédito fiscal y no presentan declaraciones por este impuesto. Esto es una ventaja simplificadora del régimen, pero también implica que no pueden recuperar el IVA que pagaron a sus proveedores.

Un contribuyente pasa a liquidar IVA cuando:

  • Sus ingresos anuales superan el tope del Monotributo (monto vigente 2026: verificá en DGI, ya que se actualiza anualmente por el IPC).
  • Opta voluntariamente por el régimen general de IRAE + IVA.
  • Desarrolla una actividad que por su naturaleza no califica para Monotributo (por ejemplo, ciertas actividades industriales o profesiones liberales con socios).

Débito fiscal y crédito fiscal: el mecanismo central del IVA

El IVA funciona con un sistema de compensación entre lo que cobrás y lo que pagás. Hay dos conceptos que tenés que dominar sí o sí:

  • Débito fiscal (IVA ventas): es el IVA que incluís en tus propias facturas al venderle a clientes. Lo cobrás vos, pero pertenece a la DGI. Actuás como recaudador.
  • Crédito fiscal (IVA compras): es el IVA que pagaste a tus proveedores al adquirir insumos, mercadería o servicios vinculados a tu actividad gravada. Ese importe lo podés descontar del débito.

La fórmula de la liquidación es:

IVA a pagar = Débito fiscal − Crédito fiscal

Si en un mes el crédito supera al débito, generás un saldo a favor que se arrastra al período siguiente. En casos especiales, como los exportadores, existe la posibilidad de solicitar la devolución de ese saldo.

¿Qué compras generan crédito fiscal?

No cualquier compra genera crédito. Para que el IVA de una adquisición sea computable como crédito fiscal, tiene que cumplir estas condiciones:

  • La compra debe estar directamente vinculada a la actividad gravada del contribuyente.
  • El proveedor debe haber emitido un comprobante válido (CFE en Uruguay) con el IVA discriminado.
  • No deben tratarse de gastos personales ni de bienes de uso ajeno al giro.

Ejemplos típicos de compras que generan crédito fiscal: mercadería para reventa, materias primas, servicios de contabilidad, honorarios de proveedores, alquiler de local comercial, equipos de trabajo.

Cómo liquidar el IVA mes a mes: el proceso completo

La liquidación del IVA en Uruguay se realiza mensualmente. El proceso tiene cinco pasos concretos:

  1. Registrar todas las ventas del mes discriminando la base imponible y el IVA facturado (débito fiscal), separando por tasa: 22%, 10% o exento.
  2. Registrar todas las compras del mes con IVA incluido (crédito fiscal), verificando que las facturas de proveedores estén a nombre de la empresa y correspondan a la actividad.
  3. Calcular el neto: débito fiscal total menos crédito fiscal total. Si el resultado es positivo, ese es el importe a pagar. Si es negativo, es un saldo a favor que se arrastra.
  4. Presentar la declaración jurada en el portal de DGI usando el Formulario 1102.
  5. Abonar el importe dentro del plazo según el vencimiento correspondiente a tu RUT.

Ejemplo práctico de liquidación del IVA en pesos uruguayos

Supongamos un comercio minorista de electrónica ubicado en Montevideo, para el período mayo 2026. Todas sus ventas están gravadas al 22%. Sus compras incluyen mercadería, servicios contables y alquiler del local.

Concepto Base imponible IVA (22%) Tipo
Ventas totales del mes $200.000 $44.000 Débito fiscal
Compra de mercadería a proveedor $90.000 $19.800 Crédito fiscal
Servicios de contador $8.000 $1.760 Crédito fiscal
Alquiler del local comercial $12.000 $2.640 Crédito fiscal
Total crédito fiscal $110.000 $24.200
IVA a pagar (débito − crédito) $19.800 A depositar en DGI

En este ejemplo, el comercio debe abonar $19.800 pesos uruguayos a la DGI en concepto de IVA por el período mayo 2026. Ese dinero ya fue cobrado a los clientes; simplemente se traslada al fisco.

Formularios DGI y plazos de vencimiento

La declaración del IVA se presenta de forma digital a través del portal de DGI. El formulario principal es:

  • Formulario 1102 — Declaración Jurada de IVA: se completa mensualmente informando el débito fiscal total, el crédito fiscal total y el saldo resultante. También se declaran los saldos a favor de períodos anteriores.

¿Cuándo vence la presentación?

Los vencimientos se escalonan según el último dígito del número de RUT del contribuyente y suelen caer entre los días 7 y 14 del mes siguiente al período declarado. Consultá el calendario de vencimientos vigente en 2026 directamente en DGI, dado que pueden existir ajustes por feriados o modificaciones normativas.

¿Cómo se paga una vez presentada la declaración?

Una vez enviada la declaración jurada, el pago puede realizarse por estos canales:

  • Portal de pagos en línea de DGI (tarjeta de crédito, débito o pago directo desde cuenta bancaria).
  • Redes de cobranza habilitadas: Abitab, RedPagos y otros puntos autorizados en todo el país.
  • Transferencia bancaria a la cuenta de DGI en el BROU.
  • Débito automático desde cuenta bancaria para quienes lo tengan configurado previamente.

Facturación electrónica CFE: el soporte documental del IVA

Para que el IVA de tus ventas quede correctamente registrado ante la DGI, es obligatorio emitir Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE): e-Ticket, e-Factura, e-Remito con valor fiscal, entre otros. Desde que DGI masificó la facturación electrónica, la mayoría de los contribuyentes de IVA ya no puede emitir documentos en papel.

Con YoFacturo podés emitir tus CFE en segundos desde cualquier dispositivo —celular, tablet o computadora— con el IVA calculado automáticamente según la tasa que corresponda a cada producto o servicio. Los comprobantes se reportan a DGI en tiempo real, lo que simplifica enormemente la preparación de la liquidación mensual porque ya tenés toda la información organizada.

Conservá las facturas de tus proveedores

Para ejercer el crédito fiscal, es imprescindible contar con los comprobantes de compra emitidos por tus proveedores, con el IVA correctamente discriminado. Si un proveedor no emite CFE o emite un recibo informal, no podés computar el crédito de esa operación. Trabajar con proveedores que facturen correctamente es parte de una gestión tributaria ordenada.

Consecuencias de no cumplir con el IVA en término

Presentar la declaración tarde o no pagar genera consecuencias progresivas:

  • Multas por mora: se calculan como porcentaje del impuesto omitido y crecen con el tiempo.
  • Recargos e intereses: se acumulan mes a mes sobre el saldo adeudado.
  • Clausura del establecimiento: en casos de reiteración o deuda significativa, DGI puede aplicar esta medida.
  • Acciones de cobro compulsivo: embargo de cuentas bancarias o bienes.

Si tenés problemas de liquidez para pagar en término, DGI ofrece la posibilidad de solicitar facilidades de pago (convenios de pago en cuotas), que permiten regularizar la deuda antes de que escale a instancias más severas. Es preferible acercarse proactivamente en lugar de esperar la notificación de DGI.

Llevar una contabilidad al día, emitir correctamente tus CFE y liquidar en término son los tres pilares para mantener tu situación tributaria en orden. Si todavía no emitís factura electrónica o querés simplificar el proceso, YoFacturo te ayuda a empezar en minutos.

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