Facturación Electrónica

e-Ticket vs e-Factura en Uruguay: diferencias, cuándo usar cada uno y cómo afectan al IVA

¿Cuándo emitís un e-Ticket y cuándo una e-Factura en Uruguay? Te explicamos la diferencia clave según el tipo de receptor, el impacto en el IVA y los errores más comunes que cometen las empresas.

Ilustración flat vector comparando e-Ticket y e-Factura electrónica en Uruguay con paleta violeta y azul
Ilustración flat vector comparando e-Ticket y e-Factura electrónica en Uruguay con paleta violeta y azul
Carla Franco
Carla FrancoEspecialista en facturación electrónica y monotributoPublicado: 27 de junio de 2026 · 9 min de lectura

La diferencia entre e-Ticket vs e-Factura es una de las consultas más frecuentes entre empresas y emprendedores uruguayos que comienzan a emitir Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE). Aunque a simple vista parecen documentos similares, elegir uno u otro tiene consecuencias directas sobre quién puede deducir el IVA, qué datos debe tener el comprobante y cómo quedan registradas tus operaciones ante la DGI. Entender esta distinción te evita errores que pueden generar observaciones de la Dirección General Impositiva y complicaciones con tus clientes.

¿Qué son los Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE) en Uruguay?

Los Comprobantes Fiscales Electrónicos son los documentos de respaldo de las operaciones comerciales emitidos en formato digital con firma electrónica avanzada. En Uruguay, la DGI reemplazó progresivamente la facturación en papel por el sistema CFE, que hoy abarca a la enorme mayoría de las empresas contribuyentes del IVA.

Dentro del ecosistema CFE existen varios tipos de documentos. Los dos más utilizados en el día a día son el e-Ticket (tipo 101) y la e-Factura (tipo 111). Ambos tienen igual valor legal como comprobante de una venta, pero su uso correcto depende de quién es el receptor de la operación.

El sistema CFE funciona así: el emisor genera el documento, lo firma electrónicamente, lo envía a la DGI para su validación y luego lo remite al receptor. Todo este proceso ocurre en tiempo real o con plazos muy acotados definidos por la normativa vigente. La empresa receptora, si tiene obligación de recibirlos electrónicamente, debe ser también emisora CFE.

e-Ticket vs e-Factura: la diferencia que define a quién le estás vendiendo

La regla es sencilla y no tiene excepciones: el e-Ticket se emite a consumidores finales y la e-Factura se emite a contribuyentes del IVA que tienen RUT. Esta distinción no es caprichosa; tiene un impacto directo sobre el crédito fiscal de IVA que puede recuperar quien compra.

¿Qué es el e-Ticket y a quién se le emite?

El e-Ticket es el CFE que corresponde a ventas realizadas a consumidores finales, es decir, personas físicas o entidades que compran para uso propio y no van a deducir el IVA de esa compra como crédito fiscal en su declaración. Un supermercado que vende a una familia, un comercio de ropa que vende a un particular, una ferretería que vende a un vecino que va a arreglar su casa: todos esos casos corresponden a un e-Ticket.

El e-Ticket no requiere el número de RUT del receptor. Puede incluirlo de forma opcional si el comprador lo solicita, pero eso no convierte al documento en una e-Factura ni le otorga al receptor el derecho a deducir el IVA. La naturaleza del comprobante la define la relación comercial, no si se incluye o no el dato del RUT.

Desde el punto de vista del IVA, el e-Ticket incluye el impuesto desglosado o incluido en el precio (según el caso), pero ese IVA no genera crédito fiscal para quien lo recibe. Es impuesto trasladado al consumidor final sin posibilidad de recuperación.

¿Qué es la e-Factura y a quién se le emite?

La e-Factura es el CFE que corresponde a ventas entre contribuyentes del IVA. Si tu cliente tiene RUT y va a usar lo que le vendés como insumo de su actividad empresarial o profesional, necesita sí o sí una e-Factura para poder deducir el IVA pagado como crédito fiscal ante la DGI.

La e-Factura requiere obligatoriamente los datos del receptor: razón social o nombre, RUT y domicilio fiscal. Sin esa información, el documento no es válido como e-Factura. El receptor tiene derecho a exigirte la e-Factura si es contribuyente, y vos estás obligado a emitirla cuando el comprador lo pide y cumple esa condición.

El IVA incluido en una e-Factura válida sí genera crédito fiscal para el receptor, que puede descontarlo del IVA que él a su vez recauda por sus propias ventas. Eso reduce su carga tributaria real. Por eso los empresarios siempre piden factura y no ticket.

¿Cuándo usás e-Ticket y cuándo e-Factura? Ejemplos reales del mercado uruguayo

Para fijar conceptos, veamos situaciones concretas del mercado uruguayo:

  • Almacén de barrio que vende mercadería a vecinos: siempre e-Ticket, porque los vecinos son consumidores finales.
  • Distribuidora mayorista que vende mercadería a un almacén: e-Factura, porque el almacén tiene RUT y va a computar ese IVA como crédito fiscal.
  • Contador que le cobra honorarios a una SRL: e-Factura, la SRL es contribuyente y necesita deducir el IVA de los servicios profesionales.
  • Contador que le cobra honorarios a una persona física sin actividad empresarial: e-Ticket.
  • Empresa de catering que da servicio a otra empresa para su evento corporativo: e-Factura.
  • Empresa de catering que vende comida en un evento público: e-Ticket.
  • Ferretería que vende materiales a un constructor para una obra particular: e-Ticket (consumidor final). Si el constructor tiene empresa y los usa para una obra de un cliente, corresponde e-Factura.

La clave siempre es preguntarse: ¿quien me compra va a usar esto en su actividad económica y va a querer computar el IVA? Si la respuesta es sí, emitís e-Factura. Si es no, emitís e-Ticket.

El IVA en e-Ticket y e-Factura: quién puede deducirlo y quién no

Este punto es el que más consecuencias prácticas tiene. Las tasas de IVA en Uruguay (vigentes 2026, verificá en la DGI) son:

  • Tasa básica: 22% — aplica a la mayoría de bienes y servicios.
  • Tasa mínima: 10% — aplica a ciertos bienes de primera necesidad, servicios turísticos, medicamentos, entre otros.
  • Tasa cero / exentos: algunos bienes específicos como frutas y verduras en determinadas condiciones, exportaciones, etc.

Cuando una empresa recibe una e-Factura con IVA al 22%, puede computar ese impuesto como crédito fiscal y descontarlo del IVA que ella generó por sus ventas. Si esa misma empresa recibe un e-Ticket por la misma compra, el IVA que pagó queda "perdido": no puede recuperarlo ni descontarlo. En términos económicos, el costo real de la compra es mayor.

Esto explica por qué para las empresas es tan importante pedir siempre la factura. Un proveedor que te emite un e-Ticket cuando debería emitirte una e-Factura te está perjudicando económicamente, aunque quizás sin intención.

Para el emisor, la obligación es clara: si el comprador tiene RUT y lo informa, debés emitir e-Factura. No podés negarte ni emitir e-Ticket en su lugar. La DGI puede observar esa práctica si la detecta.

Tabla comparativa: e-Ticket vs e-Factura en Uruguay

Característica e-Ticket (tipo 101) e-Factura (tipo 111)
Receptor Consumidor final (sin RUT obligatorio) Contribuyente con RUT
RUT del receptor Opcional Obligatorio
Datos del receptor No requeridos Razón social, RUT y domicilio fiscal requeridos
Crédito fiscal IVA para el receptor No genera crédito fiscal Sí genera crédito fiscal
Tipo de operación típica Venta minorista, comercio al público Venta mayorista, servicios B2B, profesionales
IVA incluido en el documento Sí (al 22%, 10% o exento) Sí (al 22%, 10% o exento)
Valor legal como comprobante Pleno Pleno
Nota de crédito asociada Nota de crédito e-Ticket (tipo 102) Nota de crédito e-Factura (tipo 112)
Nota de débito asociada Nota de débito e-Ticket (tipo 103) Nota de débito e-Factura (tipo 113)

Otros CFE que complementan el e-Ticket y la e-Factura

El sistema uruguayo de CFE incluye más tipos de documentos que conviene conocer para operar correctamente:

Notas de crédito y débito

Cuando necesitás corregir o anular una operación ya documentada, no podés simplemente borrar el CFE original. Debés emitir el documento corrector que corresponda:

  • Nota de crédito e-Ticket (tipo 102): para reducir el importe de un e-Ticket ya emitido (devolución, descuento posterior, error de precio).
  • Nota de crédito e-Factura (tipo 112): ídem para e-Facturas. El receptor debe procesarla y ajustar su crédito fiscal si corresponde.
  • Nota de débito e-Ticket (tipo 103) y e-Factura (tipo 113): para aumentar el importe de un documento ya emitido (diferencias de precio, recargos acordados).

Importante: la nota de crédito de una e-Factura siempre debe ser del mismo tipo (e-Factura). No podés cruzar tipos de documentos.

CFE de exportación

Las operaciones de exportación tienen sus propios tipos: e-Factura de exportación (tipo 121) y e-Ticket de exportación (tipo 131). Las exportaciones están gravadas a tasa cero de IVA en Uruguay, y los documentos de exportación deben tramitarse con los códigos específicos que la DGI establece para esas operaciones.

e-Remito y e-Resguardo

El e-Remito (tipo 141) se usa para documentar el traslado de mercadería sin valor comercial (por ejemplo, transferencias entre depósitos propios o envíos en consignación). No sustituye a la factura o ticket, sino que la complementa.

El e-Resguardo (tipo 151) es el documento que emite quien paga servicios personales fuera de la relación de dependencia (honorarios a profesionales no empresas) y retiene IRPF. Es fundamental para quienes pagan a consultores independientes o a personas físicas prestadoras de servicios.

Errores frecuentes al elegir entre e-Ticket y e-Factura

Conocer los errores más comunes te ayuda a evitarlos:

  1. Emitir e-Ticket a un contribuyente que pidió e-Factura: el receptor no puede deducir el IVA y probablemente va a reclamarte. Si lo hacés de forma sistemática, puede generar observaciones de la DGI.
  2. Creer que poner el RUT en el e-Ticket lo convierte en e-Factura: no. El tipo de documento lo define el campo "tipo de CFE", no los datos del receptor. Un e-Ticket con RUT sigue siendo un e-Ticket y no habilita crédito fiscal.
  3. Emitir e-Factura sin los datos correctos del receptor: la e-Factura requiere RUT válido, razón social y domicilio fiscal del comprador. Si esos datos son incorrectos, el documento puede ser objetado.
  4. Usar notas de crédito del tipo incorrecto: una nota de crédito de e-Factura no puede aplicarse a un e-Ticket. Cada documento corrector debe corresponder al tipo original.
  5. No conservar los acuses de recibo: en Uruguay, el receptor de una e-Factura debe generar el acuse de recibo (aceptación o rechazo) dentro del plazo que establece la DGI. No hacerlo genera incumplimientos.

Cómo emitir tus CFE en Uruguay de forma correcta y sin complicaciones

Para emitir CFE en Uruguay necesitás estar registrado como emisor electrónico ante la DGI, contar con un certificado digital válido y utilizar un sistema homologado. El proceso de habilitación incluye una etapa de pruebas (entorno de homologación de la DGI) antes de operar en producción.

Una vez habilitado, el flujo básico de emisión es:

  1. Identificás si el receptor es consumidor final o contribuyente con RUT.
  2. Seleccionás el tipo de CFE correcto (e-Ticket o e-Factura).
  3. Completás los datos requeridos según el tipo.
  4. El sistema firma electrónicamente el documento y lo envía a la DGI.
  5. Una vez validado, el documento se envía al receptor (por correo electrónico u otros medios).
  6. Si es una e-Factura, el receptor debe generar el acuse de recibo en el plazo reglamentario.

Desde YoFacturo podés emitir e-Tickets, e-Facturas y todos los tipos de CFE habilitados por la DGI directamente desde la nube, sin instalar nada. La plataforma maneja la firma electrónica, la comunicación con la DGI y el envío automático al receptor, para que vos te concentres en tu negocio y no en la burocracia fiscal. Si estás evaluando opciones para digitalizar tu facturación, es un buen punto de partida para conocer cómo funciona el sistema en la práctica uruguaya.

Resumen: la regla de oro para no equivocarte nunca

Antes de emitir cualquier comprobante, hacete estas dos preguntas:

  • ¿Tu cliente tiene RUT y va a usar lo que le vendés en su actividad económica? Si la respuesta es sí, emitís e-Factura.
  • ¿Tu cliente es una persona que compra para uso personal o no tiene actividad empresarial? Si la respuesta es sí, emitís e-Ticket.

El sistema CFE uruguayo fue diseñado para que cada operación quede correctamente clasificada y el IVA fluya de forma transparente en la cadena económica. Entender la lógica detrás de la diferencia entre e-Ticket vs e-Factura no es solo cumplir una formalidad: es operar con eficiencia fiscal, evitar reclamaciones de clientes y mantener tus registros ante la DGI en orden. Con las herramientas correctas y el conocimiento de las reglas básicas, la facturación electrónica en Uruguay es mucho más simple de lo que parece.

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