Facturación Electrónica

Qué empresas están exceptuadas de emitir CFE en Uruguay

Quiénes no están obligados a emitir CFE en Uruguay: monotributo y Monotributo Social MIDES exceptuados, qué pasa con el IVA y cuándo conviene facturar electrónico igual.

Empresas exceptuadas de emitir CFE en Uruguay: monotributo y Monotributo Social MIDES
Empresas exceptuadas de emitir CFE en Uruguay: monotributo y Monotributo Social MIDES
Carla Franco
Carla FrancoEspecialista en facturación electrónica y monotributoPublicado: 22 de junio de 2026 · 7 min de lectura
En resumen
  • Exceptuados de CFE: los contribuyentes de monotributo y de Monotributo Social MIDES no están obligados a emitir CFE.
  • Obligados: los contribuyentes de IVA sí deben emitir CFE desde 2025.
  • La excepción es por régimen tributario, no por rubro ni por tamaño de la empresa.
  • Estar exceptuado no impide adherir al CFE de forma voluntaria.

Desde 2025, la facturación electrónica es obligatoria en Uruguay para los contribuyentes de IVA: tienen que emitir CFE (Comprobantes Fiscales Electrónicos) regulados por la DGI. Pero la obligación no alcanza a todos. Hay regímenes que quedan afuera, y entender si sos uno de los exceptuados de CFE te evita gastar tiempo y plata en algo que tu negocio no necesita todavía.

En esta guía repasamos quiénes no facturan electrónico en Uruguay, qué casos de exención existen y por qué, aun estando exceptuado, en muchos casos conviene pasarse a CFE de forma voluntaria.

Por qué algunos contribuyentes quedan afuera

La clave está en una idea simple: la obligación de emitir CFE se ata a ser contribuyente de IVA. El sistema de Comprobantes Fiscales Electrónicos nació, sobre todo, para darle trazabilidad al IVA, ese impuesto al consumo que se traslada en cada venta. En Uruguay la tasa básica de IVA es del 22% y la mínima del 10%.

Quien no es contribuyente de IVA no tiene un impuesto que discriminar en cada comprobante, y por eso queda fuera del régimen de CFE. Ahí entran los regímenes simplificados pensados para los emprendimientos más chicos.

Casos de exención: quiénes no facturan electrónico

Monotributo

El monotributo es un régimen simplificado para actividades de pequeña dimensión económica. Quien tributa por monotributo no es contribuyente de IVA: paga una cuota unificada y queda exceptuado de emitir CFE. Puede seguir documentando sus ventas con comprobantes en papel.

Si querés entender en detalle cómo funciona este régimen, tenemos una guía dedicada a qué es el monotributo en Uruguay y otra puntual sobre facturación electrónica para monotributistas.

Monotributo Social MIDES

El Monotributo Social MIDES es una variante todavía más accesible, orientada a personas en situación de vulnerabilidad social que desarrollan una actividad productiva. Al igual que el monotributo común, está exceptuado de CFE: no necesita certificado digital ni inscripción como emisor electrónico para operar.

¿Y las empresas grandes o ciertos rubros?

Una confusión habitual es pensar que la exención depende del rubro (un kiosco, un profesional, una feria) o del volumen de ventas. No es así. Una empresa contribuyente de IVA está obligada a emitir CFE sin importar su tamaño, y un emprendimiento mínimo en monotributo está exceptuado aunque venda a empresas. Lo que define la obligación es el régimen tributario, no la actividad.

Excepciones de e-factura: lo que sí y lo que no implica

Conviene tener claro el alcance real de estas excepciones de e-factura para no llevarse sorpresas:

  • No estás obligado, pero podés. Estar exceptuado significa que el CFE no es obligatorio, no que esté prohibido. Un monotributista puede inscribirse como emisor electrónico ante la DGI y emitir CFE de manera voluntaria.
  • La exención es del comprobante electrónico, no de documentar. Seguís teniendo que respaldar tus ventas con algún comprobante válido (papel u otro), llevar tu registro y cumplir con tus obligaciones del régimen.
  • Es una foto, no una garantía permanente. Si tu actividad crece y pasás a tributar IVA, dejás de estar exceptuado y la emisión de CFE se vuelve obligatoria.

Si pasás a IVA, dejás de estar exceptuado

El caso más común de cambio es el monotributista que supera el tope del régimen o que decide pasar a una estructura mayor. Al convertirse en contribuyente de IVA, queda obligado a emitir CFE. Para eso vas a necesitar dos cosas que sí o sí gestiona la DGI y los proveedores autorizados:

  1. Certificado digital: lo emiten Abitab, Correo Uruguayo o Antel. Es tu identidad electrónica para firmar los comprobantes.
  2. CAE (Constancia de Autorización de Emisión): es la autorización de la DGI que te asigna un rango de numeración para tus CFE, con una vigencia de 2 años.

Anticipar estos trámites evita que te encuentres obligado a facturar electrónico sin tener todavía los habilitantes. Podés ver el panorama completo en nuestra guía de facturación electrónica en Uruguay.

Estando exceptuado, ¿conviene facturar electrónico igual?

En muchos casos, sí. Aunque no sea obligatorio, adherir voluntariamente al CFE tiene ventajas concretas:

  • Vender a empresas: los clientes que son contribuyentes de IVA muchas veces prefieren (o necesitan) un comprobante electrónico para su contabilidad.
  • Profesionalizar la operación: ordenás tu numeración, tus reportes y tu registro de ventas en un solo lugar.
  • Estar listo para crecer: si proyectás superar el tope del monotributo, llegar con el sistema ya andando te ahorra fricción el día que pases a IVA.

La decisión depende de tu tipo de clientela y de cuánto pensás crecer. Si vendés casi todo a consumidor final y tu volumen es chico, el papel puede alcanzarte; si trabajás con empresas, el CFE voluntario suele rendir.

Conclusión

En Uruguay, los exceptuados de CFE son los contribuyentes de monotributo y de Monotributo Social MIDES: no están obligados a emitir comprobantes electrónicos porque no tributan IVA. El resto de los contribuyentes de IVA sí deben emitir CFE desde 2025. La exención se define por el régimen tributario, puede dejar de aplicar si crecés, y nunca te impide adherir al CFE de forma voluntaria cuando te conviene.

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