Impuestos y Monotributo

IVA en México: guía completa 2026 (tasas, cálculo y declaración)

Todo lo que necesitás saber sobre el IVA en México: tasa general del 16 %, tasa fronteriza del 8 %, actos gravados al 0 % y exentos, cómo calcular el impuesto, la diferencia entre IVA trasladado y acreditable, y cómo presentar tu declaración mensual ante el SAT.

Ilustración flat sobre el IVA en México: factura electrónica CFDI, calculadora, monedas y el logo del SAT en tonos violeta y azul
Ilustración flat sobre el IVA en México: factura electrónica CFDI, calculadora, monedas y el logo del SAT en tonos violeta y azul
Carla Franco
Carla FrancoEspecialista en facturación electrónica y monotributoPublicado: 27 de junio de 2026 · 9 min de lectura

El IVA en México es uno de los impuestos más importantes que enfrentan las personas físicas y morales que realizan actividades económicas en el país. Conocer su funcionamiento no es opcional: una mala aplicación del Impuesto al Valor Agregado puede derivar en recargos, multas del SAT o en la pérdida de acreditamientos a los que legalmente tienes derecho. En esta guía vas a encontrar todo lo que necesitás saber sobre el IVA en México en 2026: tasas vigentes, cómo se calcula, la diferencia entre IVA trasladado e IVA acreditable, y los pasos para presentar tu declaración mensual correctamente.

¿Qué es el IVA en México?

El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un tributo indirecto que grava el consumo de bienes y servicios en territorio nacional. Está regulado por la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) y su reglamento, y es administrado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Se llama "al valor agregado" porque el impuesto se aplica en cada etapa de la cadena productiva, pero únicamente sobre el valor que cada eslabón agrega al producto o servicio. El consumidor final es quien absorbe el costo total del impuesto, mientras que los contribuyentes intermedios actúan como recaudadores para el fisco.

Están obligados a pagar IVA quienes en territorio nacional realicen alguna de estas actividades:

  • Enajenación de bienes.
  • Prestación de servicios independientes.
  • Uso o goce temporal de bienes.
  • Importación de bienes o servicios.

Tasas del IVA en México vigentes en 2026

La LIVA establece distintas tasas según el tipo de acto o actividad. Conocerlas con precisión es fundamental para emitir tus CFDI correctamente y para no cobrar de más ni de menos a tus clientes.

Tasa Ámbito de aplicación Ejemplos típicos
16 % Tasa general. Aplica en todo el territorio nacional salvo la franja fronteriza. Ropa, electrónicos, consultoría, software, arrendamiento de oficinas, restaurantes.
8 % Región fronteriza norte y sur (municipios listados en el decreto presidencial vigente). Los mismos bienes y servicios que en zona general, pero facturados en municipios fronterizos calificados.
0 % Actos gravados a tasa cero. Genera derecho a acreditamiento. Alimentos no procesados, medicamentos de patente, agua en pipas, exportaciones de bienes y servicios.
Exento Actividades excluidas de la ley. No genera IVA ni derecho a acreditamiento proporcional. Servicios médicos, enseñanza educativa con reconocimiento de validez oficial, libros y revistas, transporte público terrestre de personas.

Vigente 2026; las tasas y los municipios fronterizos calificados pueden modificarse por decreto, verificá siempre en el portal del SAT (sat.gob.mx).

La tasa del 8 % en la franja fronteriza

El estímulo fiscal de la franja fronteriza norte fue introducido en 2019 y posteriormente ampliado también a la frontera sur. Para aplicar la tasa del 8 % es obligatorio que el contribuyente:

  1. Tenga su domicilio fiscal en alguno de los municipios fronterizos calificados por el SAT.
  2. Realice la entrega material del bien o la prestación del servicio dentro de esa zona.
  3. Esté inscrito en el Padrón de Contribuyentes de la Región Fronteriza.

Si alguno de estos requisitos no se cumple, la operación tributa a la tasa general del 16 %, sin importar que el cliente esté en la frontera.

Diferencia entre actos exentos y actos gravados al 0 %

Es un error común confundir los actos gravados al 0 % con los actos exentos. La distinción tiene consecuencias prácticas muy importantes:

  • Actos al 0 %: El IVA existe en la ley pero la tasa aplicable es cero. Esto le permite al contribuyente acreditar el IVA que pagó en sus compras relacionadas con esa actividad.
  • Actos exentos: El IVA no aplica para esa actividad. El contribuyente no puede acreditar el IVA de sus gastos vinculados a esos actos, lo que encarece su operación.

Cómo se calcula el IVA en México

El cálculo es directo: se aplica la tasa correspondiente sobre el valor del acto o actividad antes de impuestos (base gravable). En el CFDI se desglosa siempre de forma separada.

Fórmula básica

  • IVA a cobrar = Base gravable × Tasa
  • Total de la factura = Base gravable + IVA

Ejemplos prácticos

Ejemplo 1 — Tasa general (16 %):

  • Servicio de diseño gráfico: $10,000 MXN antes de impuestos.
  • IVA: $10,000 × 0.16 = $1,600 MXN.
  • Total facturado: $11,600 MXN.

Ejemplo 2 — Franja fronteriza (8 %):

  • Venta de mercancía en Tijuana: $50,000 MXN antes de impuestos.
  • IVA: $50,000 × 0.08 = $4,000 MXN.
  • Total facturado: $54,000 MXN.

Ejemplo 3 — Tasa 0 % (exportación):

  • Exportación de software: $80,000 MXN.
  • IVA: $80,000 × 0.00 = $0 MXN.
  • Total facturado: $80,000 MXN. (Pero el exportador conserva derecho a acreditar el IVA de sus gastos.)

Cómo obtener el precio sin IVA a partir del precio final

Cuando ya conocés el precio final con IVA incluido y necesitás obtener la base, usás el factor divisor:

  • A tasa del 16 %: Precio final ÷ 1.16
  • A tasa del 8 %: Precio final ÷ 1.08

Por ejemplo: si cobraste $23,200 MXN con IVA del 16 %, la base gravable es $23,200 ÷ 1.16 = $20,000 MXN y el IVA es $3,200 MXN.

IVA trasladado e IVA acreditable: la mecánica del impuesto

Entender esta distinción es clave para calcular correctamente cuánto debes pagar al SAT cada mes.

IVA trasladado

Es el IVA que vos cobras a tus clientes cuando les emitís una factura por tus ventas o servicios. Se llama "trasladado" porque lo trasladás al cliente, pero lo recibís en nombre del fisco. Este importe lo debés declarar y entregar al SAT.

IVA acreditable

Es el IVA que vos pagás a tus proveedores cuando comprás bienes o servicios necesarios para tu actividad. Para que sea acreditable, deben cumplirse varios requisitos:

  • Estar amparado en un CFDI válido (factura electrónica) a tu nombre y RFC.
  • Estar relacionado con actividades por las que también se pague o se traslade el IVA.
  • Haber sido efectivamente pagado (criterio de flujo de efectivo en personas físicas).
  • Corresponder a un gasto estrictamente indispensable para la actividad.

IVA a pagar o saldo a favor

El impuesto que efectivamente enterás al SAT se determina así:

  • IVA a pagar = IVA trasladado cobrado − IVA acreditable pagado

Si el IVA acreditable supera al trasladado en un mes —algo frecuente en exportadores o contribuyentes con tasa 0 %— obtenés un saldo a favor, el cual podés acreditar en declaraciones posteriores o solicitar en devolución al SAT.

Declaración mensual de IVA ante el SAT

El IVA se declara y paga de forma mensual y definitiva. No existe un ajuste anual como en el ISR; cada mes es un período independiente.

Plazo para presentar la declaración

La declaración mensual de IVA debe presentarse a más tardar el día 17 del mes siguiente al período que se declara. Si ese día cae en sábado, domingo o día inhábil, el plazo se corre al siguiente día hábil.

Verificá el calendario fiscal oficial del SAT para 2026, ya que pueden publicarse prórrogas específicas.

Pasos para presentar tu declaración mensual de IVA

  1. Accedé al portal del SAT (sat.gob.mx) con tu RFC y contraseña, o con tu e.firma (firma electrónica).
  2. Ingresá al servicio "Declaraciones y Pagos" y seleccioná el período correspondiente.
  3. El sistema precarga información de tus CFDI emitidos y recibidos; revisá que coincida con tus registros contables.
  4. Capturá o verifica el IVA trasladado de tus ingresos del mes.
  5. Capturá o verifica el IVA acreditable de tus gastos y compras del mes.
  6. El sistema calcula automáticamente el impuesto a pagar o el saldo a favor.
  7. Si hay impuesto a pagar, generá la línea de captura y realizá el pago en ventanilla bancaria o en línea antes del vencimiento.
  8. Guarda el acuse de recibo como comprobante.

Regímenes que declaran IVA y regímenes que no

No todos los contribuyentes presentan declaración de IVA de la misma forma:

  • Régimen General de Ley (personas morales): Declaración mensual estándar.
  • Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) — personas físicas: También declaran IVA mensualmente; el régimen simplifica el ISR pero no exime del IVA.
  • Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) — en extinción: Los contribuyentes que permanecen en este régimen pagan IVA de forma bimestral, aunque el SAT viene migrando a los contribuyentes al RESICO.
  • Actividades totalmente exentas: No presentan declaración de IVA.

Obligaciones formales relacionadas con el IVA

Emitir CFDI con desglose de IVA

Toda operación gravada por IVA debe estar respaldada por un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en el que el impuesto aparezca desglosado. Emitir facturas sin desglosar el IVA, o no emitirlas, es una infracción que puede derivar en multas del SAT y en la pérdida del acreditamiento para tu cliente.

El CFDI debe incluir el tipo de impuesto (IVA), la tasa aplicada y el importe del impuesto. Para operaciones al 0 % también debe señalarse la tasa, aunque el monto sea $0.

Llevar contabilidad electrónica

Los contribuyentes obligados a llevar contabilidad deben registrar sus operaciones de IVA en su sistema contable y enviar la información al SAT a través del Buzón Tributario cuando así se requiera.

Retención de IVA

En ciertos supuestos, el receptor del servicio o bien debe retener una parte del IVA en lugar de enterarlo completo al prestador del servicio. Los casos más comunes de retención son:

  • Servicios personales independientes cuando el receptor es persona moral.
  • Uso o goce de bienes inmuebles cuando el arrendador es persona física.
  • Autotransporte terrestre de bienes.
  • Plataformas digitales (Uber, Airbnb, Mercado Libre, etc.) que retienen a sus prestadores de servicios.

El retenedor debe emitir un CFDI de retenciones e información de pagos al contribuyente afectado, y enterar las retenciones al SAT en su propia declaración.

Errores frecuentes en el manejo del IVA

  • Tratar actos exentos como actos al 0 % y acreditar el IVA de gastos vinculados a actividades exentas.
  • No contar con el CFDI del proveedor y aun así pretender acreditar el IVA.
  • Confundir el IVA en flujo de efectivo con el IVA en base devengada: las personas físicas acreditan el IVA cuando efectivamente lo pagan, no cuando reciben la factura.
  • Aplicar la tasa del 8 % sin cumplir los requisitos del padrón de la región fronteriza.
  • No emitir el CFDI en el momento en que se cobra, generando diferencias entre lo declarado y lo registrado en el SAT.
  • Omitir la declaración mensual aunque el resultado sea saldo a favor: la omisión genera multas aunque no haya impuesto a pagar.

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Preguntas frecuentes sobre el IVA en México

A continuación, las dudas más comunes que tienen contribuyentes y PyMEs al operar con este impuesto.

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