Impuestos y Monotributo

IVA en Uruguay: tasas, cálculo, crédito fiscal y declaración ante la DGI (2026)

Todo lo que necesitás saber sobre el IVA en Uruguay: tasas básica (22%) y mínima (10%), productos exentos, cómo calcular el impuesto, diferencia entre débito y crédito fiscal, y cómo declararlo ante la DGI. Guía completa 2026.

Ilustración vectorial del IVA en Uruguay con íconos de factura, porcentajes y el logo de la DGI en colores violeta y azul
Ilustración vectorial del IVA en Uruguay con íconos de factura, porcentajes y el logo de la DGI en colores violeta y azul
Carla Franco
Carla FrancoEspecialista en facturación electrónica y monotributoPublicado: 27 de junio de 2026 · 9 min de lectura

El IVA en Uruguay es el Impuesto al Valor Agregado, el tributo indirecto más recaudatorio del sistema fiscal uruguayo y una obligación que involucra a prácticamente todos los negocios y profesionales del país. Si facturás, comprás insumos o brindás servicios, entender cómo funciona el IVA es indispensable para cumplir correctamente con la Dirección General Impositiva (DGI) y evitar sorpresas desagradables.

En esta guía completa explicamos qué es el IVA, cuáles son sus tasas vigentes en 2026, qué bienes y servicios están gravados o exentos, cómo se calcula, qué diferencia hay entre el crédito y el débito fiscal, y de qué manera se declara y paga ante la DGI.

¿Qué es el IVA en Uruguay y quién lo administra?

El IVA es un impuesto indirecto que grava la circulación económica de bienes y servicios en cada etapa de la cadena de producción y comercialización. Lo que distingue al IVA de otros impuestos es su mecánica de crédito y débito fiscal: cada eslabón de la cadena solo paga el impuesto sobre el valor que él mismo agrega, no sobre el precio total acumulado.

En Uruguay el IVA está regulado por el Título 10 del Texto Ordenado 1996 y es recaudado y fiscalizado por la DGI (Dirección General Impositiva), organismo dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). No confundas con Argentina, donde el equivalente es la AFIP/ARCA: en Uruguay la autoridad fiscal es exclusivamente la DGI y los comprobantes obligatorios son los CFE (Comprobantes Fiscales Electrónicos).

El IVA grava:

  • La circulación interna de bienes.
  • La prestación de servicios dentro del territorio uruguayo.
  • La introducción de bienes al país (importaciones).

Tasas del IVA en Uruguay: básica, mínima y exenciones

Una de las primeras cosas que hay que entender sobre el IVA en Uruguay es que no existe una única alícuota: el sistema contempla tres categorías, según la naturaleza del bien o servicio.

Tasa básica del 22%

La tasa básica del IVA es del 22% y se aplica a la gran mayoría de los bienes y servicios comercializados en el país. Algunos ejemplos típicos:

  • Servicios profesionales (honorarios de contadores, abogados, diseñadores, etc.).
  • Ropa, calzado, electrónica, mobiliario.
  • Servicios de telecomunicaciones.
  • Alquiler de inmuebles para uso comercial.
  • Restaurantes y servicios de gastronomía (con excepciones).
  • Construcción.

Tasa mínima del 10%

La tasa mínima del 10% se aplica a bienes y servicios que el legislador considera de carácter básico o social. Entre ellos se encuentran:

  • Determinados alimentos de consumo directo (frutas, verduras, carnes, huevos, aceite comestible, pastas, arroz, entre otros).
  • Medicamentos de uso humano (los que no están exentos).
  • Servicios de salud privados (mutualistas, seguros de salud, médicos en consulta privada).
  • Servicios agropecuarios.
  • Turismo receptivo en algunas modalidades.
  • Transporte de pasajeros interurbano.

Importante: la lista exacta de ítems gravados al 10% puede sufrir ajustes por decretos reglamentarios. Verificá siempre la normativa vigente en el portal de la DGI (www.dgi.gub.uy).

Productos y servicios exentos de IVA

Ciertos bienes y servicios están completamente exentos de IVA, lo que significa que la operación no genera débito fiscal ni el proveedor puede computar crédito fiscal por los insumos utilizados para producirlos (salvo disposición especial). Ejemplos de exenciones:

  • Leche sin elaborar y pan común.
  • Servicios de enseñanza prestados por instituciones habilitadas por el Estado.
  • Intereses de préstamos y operaciones financieras (con excepciones).
  • Exportaciones (tasa cero, que técnicamente habilita crédito fiscal).
  • Arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda (en ciertas condiciones).
  • Servicios prestados en relación de dependencia (salarios).

Tabla resumen de tasas del IVA en Uruguay (2026)

Categoría Tasa Ejemplos
Tasa básica 22% Servicios profesionales, ropa, electrónica, construcción, telecomunicaciones
Tasa mínima 10% Alimentos básicos, medicamentos, servicios de salud, agro, transporte interurbano
Exentos / Tasa cero 0% Leche, pan común, educación habilitada, exportaciones, vivienda en alquiler

Vigente 2026. Verificá la normativa actualizada en la DGI ante cualquier duda específica sobre la clasificación de tu actividad.

¿Cómo se calcula el IVA en Uruguay?

Calcular el IVA correctamente es clave para que tus facturas sean exactas y tu liquidación mensual no tenga errores. Hay dos situaciones frecuentes: cuando el precio que acordás con el cliente es sin IVA (precio neto) y cuando el precio ya incluye IVA.

Calcular el IVA sobre precio neto

Si tu precio de venta es de $10.000 UYU sin IVA y la tasa aplicable es el 22%:

  • IVA = $10.000 × 0,22 = $2.200 UYU
  • Precio total con IVA = $10.000 + $2.200 = $12.200 UYU

Con la tasa mínima del 10% sobre el mismo precio neto:

  • IVA = $10.000 × 0,10 = $1.000 UYU
  • Precio total con IVA = $10.000 + $1.000 = $11.000 UYU

Extraer el IVA de un precio que ya lo incluye

Cuando el precio acordado ya incluye el IVA y necesitás saber cuánto de ese monto corresponde al impuesto, usás el factor de extracción:

  • Para tasa básica (22%): IVA incluido = Precio total × (22 / 122) ≈ Precio total × 0,1803
  • Para tasa mínima (10%): IVA incluido = Precio total × (10 / 110) ≈ Precio total × 0,0909

Ejemplo: si cobraste $12.200 UYU con IVA incluido al 22%, el componente impositivo es: $12.200 × (22/122) = $2.200 UYU, y el precio neto es $10.000 UYU. La aritmética siempre cierra.

Débito fiscal y crédito fiscal: la mecánica central del IVA

Comprender la diferencia entre débito fiscal y crédito fiscal es lo que realmente permite gestionar el IVA como un profesional. Este mecanismo es lo que hace que el impuesto sea "al valor agregado" y no una carga acumulativa sobre toda la cadena.

Débito fiscal (IVA ventas)

El débito fiscal es el IVA que vos cobrás a tus clientes cuando emitís una factura. Ese dinero no es tuyo: lo recaudás en nombre del Estado y tenés la obligación de ingresarlo a la DGI. Por ejemplo, si durante el mes emitiste facturas por un total de $500.000 UYU de precio neto al 22%, tu débito fiscal del período es $110.000 UYU.

Crédito fiscal (IVA compras)

El crédito fiscal es el IVA que vos pagaste a tus proveedores cuando compraste insumos, materiales o servicios para tu actividad. Ese importe podés descontarlo del débito fiscal porque ya ingresó al fisco a través de tu proveedor. Si en el mismo mes pagaste facturas a proveedores que incluyeron $40.000 UYU de IVA, ese es tu crédito fiscal.

IVA a pagar o saldo a favor

La liquidación mensual es simple:

  • IVA a pagar = Débito fiscal − Crédito fiscal
  • Si el resultado es positivo, ingresás esa diferencia a la DGI.
  • Si el resultado es negativo (crédito fiscal mayor al débito), tenés un saldo a favor que podés trasladar al mes siguiente o, en ciertos casos, solicitar su devolución.

Siguiendo el ejemplo: $110.000 − $40.000 = $70.000 UYU a pagar a la DGI por ese período.

Nota importante: solo podés computar como crédito fiscal el IVA incluido en comprobantes válidos (CFE o documentación equivalente habilitada por la DGI). Las compras sin comprobante no generan crédito.

¿Quiénes son contribuyentes del IVA en Uruguay?

No todos los contribuyentes tienen las mismas obligaciones frente al IVA. La situación varía según el régimen en el que estés encuadrado:

Contribuyentes IRAE (régimen general)

Las empresas y profesionales que tributan bajo el régimen del Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) son, en general, contribuyentes plenos del IVA: recaudan el débito fiscal de sus ventas, computan crédito fiscal de sus compras y liquidan mensualmente ante la DGI.

Monotributistas

El monotributo es un régimen simplificado que abarca a pequeños emprendedores con ingresos que no superan determinados topes (vigentes 2026, verificá montos en DGI y BPS). Los monotributistas pagan una cuota fija mensual que incluye aportes al BPS (Banco de Previsión Social) y una contribución impositiva que sustituye al IVA y al IRAE. En la práctica, no presentan declaraciones mensuales de IVA por separado, pero sus clientes no pueden tomar crédito fiscal por las compras que les realizan.

Pequeña empresa (Literal E)

Existe también el régimen de pequeña empresa, denominado habitualmente "Literal E", para contribuyentes con ingresos reducidos que optan por una liquidación simplificada del IVA, con crédito fiscal ficto en lugar de crédito real por compras.

Profesionales en relación de dependencia

Las personas que trabajan exclusivamente en relación de dependencia no son contribuyentes del IVA por sus ingresos de trabajo: los salarios están exentos. Solo deben preocuparse por el IVA si además ejercen actividades independientes.

Cómo declarar y pagar el IVA ante la DGI

La declaración del IVA en Uruguay es mensual para la mayoría de los contribuyentes del régimen general. El proceso se realiza de forma electrónica a través del portal de la DGI (www.dgi.gub.uy).

Formulario y proceso de declaración

Los contribuyentes del IVA presentan su liquidación mensual mediante el Formulario 1102 (o el formulario habilitado según la categoría de contribuyente). Los pasos generales son:

  1. Accedé al portal de la DGI con tu usuario y contraseña o certificado digital.
  2. Seleccioná el período a declarar (mes y año).
  3. Ingresá el total de tus ventas gravadas (débito fiscal) discriminadas por tasa (22% y 10%).
  4. Ingresá el total de tu crédito fiscal por compras del período.
  5. El sistema calcula automáticamente el IVA a pagar o el saldo a favor.
  6. Confirmá la declaración y realizá el pago si corresponde.

Plazos de vencimiento

Los plazos para presentar y pagar la declaración mensual de IVA dependen de la terminación del RUT del contribuyente y del mes en cuestión. En términos generales, el vencimiento se ubica durante los primeros 20 días hábiles del mes siguiente al período declarado. Verificá el calendario de vencimientos vigente en la DGI, ya que puede sufrir modificaciones.

Pago del IVA

El pago puede realizarse a través de:

  • El propio portal de la DGI (débito bancario o tarjeta).
  • Agentes de recaudación habilitados (ABITAB, RedPagos).
  • Instituciones bancarias con convenio con la DGI.

Presentar la declaración fuera de plazo o no ingresar el impuesto genera multas y recargos que se calculan sobre el monto adeudado, por lo que la puntualidad en esta obligación es fundamental.

IVA y facturación electrónica CFE en Uruguay

Desde la implementación masiva de los Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE) en Uruguay, la gestión del IVA cambió radicalmente. Hoy, prácticamente toda empresa y profesional que supere los umbrales establecidos por la DGI tiene la obligación de emitir e-Facturas, e-Tickets, e-Boletas de honorarios y demás CFE en formato electrónico. Los comprobantes en papel quedaron restringidos a casos muy específicos.

La emisión electrónica tiene una ventaja directa sobre el IVA: toda la información de tus ventas queda registrada automáticamente con la DGI, lo que facilita la conciliación de tu débito fiscal mensual. Del mismo modo, los CFE que recibís de tus proveedores acreditan tu crédito fiscal de forma trazable.

Desde YoFacturo, la plataforma de facturación electrónica pensada para Uruguay, podés emitir todos tus CFE en forma ágil y ordenada, con los cálculos de IVA automáticos según la tasa que corresponda a cada producto o servicio. Esto reduce los errores en la liquidación mensual y te da visibilidad clara de tu débito y crédito fiscal en todo momento.

Consideraciones especiales y situaciones frecuentes

IVA en exportaciones

Las exportaciones de bienes y servicios están gravadas a tasa cero en Uruguay. Esto significa que el exportador no cobra IVA al cliente del exterior pero sí puede computar como crédito fiscal todo el IVA que pagó en sus compras de insumos. Si el crédito supera el débito (que en exportación es cero), existe el mecanismo de devolución de IVA exportador ante la DGI, un trámite específico con sus propios formularios y requisitos.

IVA en importaciones

Cuando importás bienes, la Dirección Nacional de Aduanas actúa como recaudadora del IVA al momento del despacho. El IVA pagado en aduana puede funcionar como crédito fiscal para tu actividad, siempre que el bien importado esté vinculado a operaciones gravadas.

Descuentos y devoluciones

Si emitís una nota de crédito porque devolviste mercadería o aplicaste un descuento, esa nota de crédito reduce tu débito fiscal del período. Es fundamental emitir el comprobante electrónico correspondiente (e-Nota de Crédito) para que la DGI reconozca el ajuste.

IVA y pagos con tarjeta

Uruguay tiene un régimen de devolución de IVA para compras con tarjetas de débito, crédito y medios electrónicos de pago, diseñado para incentivar la bancarización y la facturación. Los puntos de venta habilitados aplican automáticamente la reducción correspondiente. Si sos comerciante, la DGI te reintegra la diferencia; no pierdas ese crédito por no tener el sistema configurado correctamente. Verificá las alícuotas de devolución vigentes en 2026 directamente en la DGI, ya que han variado en distintos ejercicios.

Buenas prácticas para gestionar el IVA sin errores

  • Clasificá correctamente cada producto o servicio al 22%, 10% o exento desde el momento en que lo agregás a tu catálogo de facturación. Un error en la tasa afecta tanto tu cobro como tu liquidación.
  • Guardá todos los comprobantes de compra que recibís: son la única evidencia válida de tu crédito fiscal. Sin CFE del proveedor, no hay crédito.
  • Revisá mensualmente el resumen antes de declarar: cotejá el total de tus ventas emitidas con el débito fiscal, y el total de tus compras documentadas con el crédito.
  • No mezcles el IVA recaudado con tu capital de trabajo: ese dinero no es tuyo. Separá mentalmente (o en una cuenta contable) el IVA que le pertenece al fisco.
  • Pagá en plazo: los recargos e intereses por mora se acumulan rápidamente y pueden convertir una deuda chica en un problema mayor.

Si querés simplificar todo este proceso, YoFacturo te permite emitir CFE con el IVA calculado automáticamente, descargar reportes de ventas por tasa y tener la información lista para completar tu declaración mensual ante la DGI sin complicaciones.

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