Facturación Electrónica
Método de pago vs forma de pago en el CFDI: diferencias y cuándo usar el complemento
¿Sabes la diferencia entre método de pago (PUE/PPD) y forma de pago (01, 03, 04…) en el CFDI? Te explicamos cada concepto, cuándo emitir el Complemento de Pago y los errores más comunes que debes evitar ante el SAT.

Entender la diferencia entre método de pago y forma de pago en el CFDI es uno de los puntos que más confusión genera entre contribuyentes y PyMEs en México. Aunque parecen sinónimos, el SAT los define de manera completamente distinta en el Anexo 20 y en el catálogo de CFDI, y confundirlos puede provocar comprobantes con errores, rechazo de deducciones o incluso requerimientos fiscales. En este artículo te explicamos cada concepto con claridad, cuándo y cómo corresponde emitir el Complemento de Pago (REP), y cuáles son los errores más frecuentes que debes evitar.
¿Qué es la forma de pago en el CFDI?
La forma de pago en el CFDI indica el medio o instrumento a través del cual el receptor liquidó —o liquidará— la operación. En términos simples, responde a la pregunta: ¿cómo pagó el cliente?
El SAT publica el catálogo oficial de formas de pago bajo la clave c_FormaPago. Los códigos más utilizados en operaciones cotidianas son los siguientes:
| Clave | Descripción |
|---|---|
| 01 | Efectivo |
| 02 | Cheque nominativo |
| 03 | Transferencia electrónica de fondos |
| 04 | Tarjeta de crédito |
| 05 | Monedero electrónico |
| 06 | Dinero electrónico |
| 28 | Tarjeta de débito |
| 29 | Tarjeta de servicios |
| 99 | Por definir |
El catálogo completo, con más de 20 claves, está disponible en el portal del SAT. Si tienes dudas sobre una clave específica o si el catálogo fue actualizado, consúltalo directamente en sat.gob.mx (vigente 2026, verifica en el SAT antes de emitir).
¿Cuándo se usa la clave 99 "Por definir"?
La clave 99 – Por definir se utiliza cuando, al momento de emitir el CFDI, todavía no se conoce la forma en que el cliente va a pagar. Esto ocurre principalmente en operaciones a crédito o en parcialidades, donde el pago se realizará en una o varias fechas futuras. Es importante saber que la clave 99 solo es válida cuando el método de pago es PPD, que explicamos en detalle más adelante.
¿Qué es el método de pago en el CFDI?
El método de pago en el CFDI indica la modalidad o condición en que se liquidará la operación: si el pago ocurrió al momento de emitir el comprobante, o si se realizará después. Responde a la pregunta: ¿cuándo y en cuántas exhibiciones se paga?
A diferencia de la forma de pago, el catálogo c_MetodoPago del SAT solo tiene dos valores posibles:
| Clave | Nombre | ¿Cuándo se usa? |
|---|---|---|
| PUE | Pago en Una sola Exhibición | El pago se recibe al momento de emitir el CFDI, o antes. El comprobante ampara la operación completamente pagada en ese acto. |
| PPD | Pago en Parcialidades o Diferido | El pago se realizará en una o varias exhibiciones en una fecha futura. Cuando se reciban los pagos, se debe emitir el Complemento de Pago (REP). |
PUE: Pago en Una sola Exhibición
Cuando seleccionas PUE, le indicas al SAT que el importe total de la factura ya fue cobrado en el mismo momento de la emisión, o incluso antes. En este caso, la forma de pago debe ser la clave real del medio utilizado (01, 03, 04, etc.), porque ya sabes con certeza cómo pagó tu cliente.
Ejemplo práctico: emites una factura por $15,000 MXN y el cliente paga en ese instante con transferencia bancaria. Los campos quedarían así:
- Método de pago: PUE
- Forma de pago: 03 (Transferencia electrónica de fondos)
PPD: Pago en Parcialidades o Diferido
Cuando seleccionas PPD, indicas que el pago ocurrirá en el futuro, ya sea en una sola exhibición diferida o en varias parcialidades. Como en este momento aún no sabes el medio exacto de pago que usará el cliente, la forma de pago debe ser obligatoriamente 99 – Por definir.
Ejemplo práctico: una empresa de servicios emite una factura de $50,000 MXN con vencimiento a 30 días. El cliente pagará a fin de mes. Los campos serían:
- Método de pago: PPD
- Forma de pago: 99 (Por definir)
Cuando el cliente realice el pago, deberás emitir un Complemento de Pago (REP) para cerrar la operación fiscalmente.
Diferencias clave entre método de pago y forma de pago en el CFDI
Para que quede completamente claro, aquí tienes una comparativa directa entre ambos conceptos:
| Aspecto | Método de pago | Forma de pago |
|---|---|---|
| ¿Qué define? | Cuándo y en cuántas exhibiciones se paga | El instrumento o medio con que se paga |
| Catálogo SAT | c_MetodoPago | c_FormaPago |
| Opciones disponibles | Solo 2 claves (PUE / PPD) | Más de 20 claves |
| Combinación obligatoria | PPD siempre va con forma de pago 99 | La clave 99 solo se usa con PPD |
| ¿Genera REP? | PPD sí requiere REP; PUE no | No determina por sí sola el REP |
| Ejemplo de uso | PUE = venta de contado; PPD = crédito a 30 días | 01 = efectivo; 03 = transferencia; 04 = tarjeta de crédito |
El Complemento de Pago (REP): cuándo y cómo emitirlo
El Complemento de Pago, también llamado Recibo Electrónico de Pago (REP), es un CFDI de tipo "P" que debes emitir cada vez que recibes un pago correspondiente a una factura con método de pago PPD. Su función es "cerrar" la operación fiscalmente: le informa al SAT que el dinero efectivamente llegó y en qué condiciones.
¿Cuándo es obligatorio emitir el complemento de pago?
El complemento de pago es obligatorio cuando se cumplen estas condiciones de manera simultánea:
- Emitiste un CFDI de ingreso con método de pago PPD.
- Recibes uno o más pagos, parciales o totales, de ese comprobante.
- El receptor del comprobante necesita acreditar el IVA correspondiente a ese pago.
Nota importante: en algunos supuestos donde el pago se recibe en el mismo mes de la emisión y se conocen todas las condiciones, las reglas de la RMF pueden permitir cancelar el CFDI con PPD y reexpedirlo como PUE. Sin embargo, esto debe hacerse respetando estrictamente la normativa vigente. Consulta con tu contador antes de proceder.
Plazo para emitir el complemento de pago
Según las reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), el complemento de pago debe emitirse a más tardar el quinto día natural del mes siguiente al que se recibió el pago. Por ejemplo, si tu cliente te pagó el 15 de junio de 2026, tienes hasta el 5 de julio de 2026 para emitir el REP correspondiente.
Los plazos y reglas específicas pueden actualizarse en la RMF vigente 2026. Verifica siempre en sat.gob.mx o con tu asesor fiscal.
¿Qué datos lleva el complemento de pago?
- Fecha en que se recibió el pago
- Forma de pago real utilizada por el cliente (ya se conoce en este momento)
- Monto del pago recibido en pesos mexicanos
- Referencia al CFDI original mediante su UUID (folio fiscal)
- Número de parcialidad (primera, segunda, etc.)
- Importe saldo anterior, importe pagado e importe insoluto (saldo pendiente)
- Impuestos correspondientes al monto pagado (IVA, retenciones, según aplique)
Flujo correcto según el escenario de cobro
Para facilitar la aplicación práctica, aquí tienes los tres escenarios más comunes con el flujo paso a paso:
Escenario A: Venta de contado (cobro inmediato)
- Emite CFDI de ingreso con Método de pago: PUE y Forma de pago: la clave real que corresponda (01, 03, 04, 28, etc.).
- No se requiere Complemento de Pago. La operación queda cerrada con ese CFDI.
Escenario B: Venta a crédito simple (cobro posterior en una sola exhibición)
- Emite CFDI de ingreso con Método de pago: PPD y Forma de pago: 99.
- Cuando recibas el pago completo, emite el Complemento de Pago (REP) indicando parcialidad 1/1 y saldo insoluto $0.
- Emite el REP a más tardar el quinto día natural del mes siguiente al cobro.
Escenario C: Venta en parcialidades (mensualidades o abonos)
- Emite CFDI de ingreso con Método de pago: PPD y Forma de pago: 99.
- Por cada pago parcial recibido, emite un Complemento de Pago indicando la parcialidad que corresponde (primera, segunda, tercera…), el monto de ese pago y el saldo pendiente actualizado.
- El último REP debe reflejar un importe insoluto de $0.
Errores comunes y cómo evitarlos
Estos son los errores más frecuentes que cometen contribuyentes y empresas al registrar método de pago y forma de pago en el CFDI:
1. Usar PUE cuando el pago es a crédito
Si emites una factura con PUE pero el cliente todavía no te ha pagado, estás declarando ante el SAT que ya recibiste el dinero cuando no es así. Esto puede considerarse una inconsistencia fiscal y, además, imposibilita emitir correctamente el complemento de pago al momento del cobro.
2. Combinar PPD con una forma de pago real (no 99)
Cuando el método de pago es PPD, la única forma de pago válida es 99 – Por definir. Poner 03 (transferencia) u otra clave real genera inconsistencias en el CFDI y puede derivar en problemas al acreditar el IVA por parte del receptor.
3. No emitir el complemento de pago
Olvidar emitir el REP cuando recibes el pago de una factura PPD deja la operación "abierta" ante el SAT. El receptor no podrá acreditar el IVA de esa factura hasta que exista el complemento de pago correspondiente. El emisor, por su parte, puede recibir requerimientos o quedar expuesto a sanciones por incumplimiento.
4. Emitir el complemento de pago fuera del plazo
Emitir el REP después del quinto día natural del mes siguiente al cobro constituye un incumplimiento formal. Aunque el SAT puede aceptarlo extemporáneo, existe riesgo de multa. Lo recomendable es automatizar el proceso con una herramienta de facturación que te recuerde los vencimientos pendientes.
5. No relacionar correctamente el CFDI original en el REP
El complemento de pago debe referenciar el UUID exacto del CFDI de ingreso original. Un error en este dato invalida la relación entre documentos y puede generar problemas en auditorías o solicitudes de devolución de impuestos.
Factura bien desde el primer día
Aplicar correctamente estas reglas del SAT puede resultar complejo al principio, especialmente si manejas muchas facturas o trabajas con distintas condiciones de pago. Contar con un sistema de facturación electrónica que te guíe paso a paso en la elección del método y la forma de pago correctos —y que te recuerde cuándo emitir cada complemento de pago— marca una diferencia importante en el día a día.
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Resumen: puntos clave para no equivocarte
- La forma de pago describe el medio con que se pagó: efectivo (01), transferencia (03), tarjeta de crédito (04), entre otros.
- El método de pago describe la modalidad: PUE si el pago es de contado, PPD si es a crédito o en parcialidades.
- PUE siempre lleva una forma de pago real; PPD siempre lleva la forma 99 (Por definir).
- Toda factura con PPD requiere un Complemento de Pago (REP) por cada cobro recibido.
- El REP debe emitirse a más tardar el quinto día natural del mes siguiente al cobro.
- Sin el REP correspondiente, el receptor no puede acreditar el IVA de la factura.
- Las reglas específicas de la RMF vigente 2026 pueden tener actualizaciones: siempre verifica en sat.gob.mx o consulta con tu contador.
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