Facturación Electrónica
Qué es el Complemento Carta Porte: Guía Completa para Transportistas y PyMEs en México
El complemento carta porte es la extensión obligatoria del CFDI para trasladar mercancías en México. Conocé quiénes deben emitirlo, cómo se estructura la versión 3.0 y qué pasa si no lo llevás en carretera.

El complemento carta porte es una extensión obligatoria del CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet) que deben incorporar todos los contribuyentes que trasladen mercancías por territorio mexicano, ya sea por vía terrestre, aérea, marítima o ferroviaria. Desde su implementación por el SAT (Servicio de Administración Tributaria), este complemento se convirtió en el mecanismo oficial para acreditar que los bienes transportados cumplen con la normativa fiscal vigente y pueden circular libremente por las carreteras y vías del país.
Si tu empresa mueve mercancía —ya sea con transporte propio o contratado— necesitás entender qué es el complemento carta porte, cuándo es obligatorio y cómo emitirlo correctamente para evitar multas, retenciones en carretera y problemas de deducibilidad ante el SAT.
¿Qué es exactamente el Complemento Carta Porte y para qué sirve?
El Complemento Carta Porte es un nodo adicional que se integra al XML del CFDI antes de su timbrado. No es un documento independiente: vive dentro del comprobante fiscal y le añade información específica sobre la mercancía transportada, la ruta, el vehículo utilizado y el operador responsable del traslado.
Sus tres funciones principales ante el fisco mexicano son:
- Control fiscal del movimiento de bienes: Permite al SAT rastrear el traslado de mercancías en territorio nacional y cruzar esa información con las declaraciones fiscales del emisor y del receptor.
- Acreditación de legal circulación: Las autoridades federales (SAT, Guardia Nacional, SICT) verifican en puntos de control que las mercancías cuenten con su CFDI más el Complemento Carta Porte activo para permitir el libre tránsito por carreteras federales.
- Deducibilidad del gasto de flete: El receptor del servicio de transporte solo puede deducir el costo del flete en su declaración de ISR y acreditar el IVA trasladado si el transportista emitió correctamente el CFDI con el complemento correspondiente.
El SAT publicó la versión 3.0 del complemento, que es la vigente en 2026. Esta versión incorpora nuevos catálogos de claves de unidad de peso, mayor detalle en la información de seguros y cambios en la estructura del nodo de ubicaciones respecto a versiones anteriores. Siempre verificá en el portal del SAT la versión y los catálogos actualizados, ya que pueden publicarse modificaciones durante el año fiscal.
¿Quiénes están obligados a emitir el Complemento Carta Porte?
La obligación recae sobre dos grandes grupos de contribuyentes, dependiendo de si cobran o no por el servicio de transporte.
Transportistas que prestan servicios a terceros
Cualquier persona física o moral que cobre por trasladar mercancías de terceros debe emitir un CFDI de tipo Ingreso con el Complemento Carta Porte. Esto aplica para:
- Empresas de autotransporte federal de carga con permiso vigente de la SICT
- Fleteros y transportistas independientes personas físicas con actividad empresarial
- Aerolíneas de carga y empresas de carga aérea
- Empresas navieras y ferroviarias
- Paqueterías y empresas de mensajería que trasladan mercancías de clientes
Propietarios que trasladan su propia mercancía
Si sos dueño de los bienes y los movés con transporte propio —o contratado exclusivamente para ese traslado sin cobrar a terceros— debés emitir un CFDI de tipo Traslado con el Complemento Carta Porte. Esta situación aplica para:
- Fabricantes que envían productos a sus propias bodegas o sucursales en otro estado
- Comerciantes que trasladan inventario entre almacenes propios ubicados en distintos municipios
- Importadores que mueven mercancía desde el puerto o aduana hasta su almacén
- Distribuidoras que reparten su propio producto con flota propia entre sus centros de distribución
Modalidades de transporte que cubre el Complemento Carta Porte
La obligación aplica para todos los medios de transporte que circulen por rutas federales o que trasladen mercancía fuera del municipio de origen. En la siguiente tabla se resume el panorama general:
| Modalidad de transporte | ¿Requiere Complemento Carta Porte? | Tipo de CFDI a emitir |
|---|---|---|
| Autotransporte terrestre federal (carreteras federales) | Sí, obligatorio | Ingreso (si cobra el traslado) o Traslado (si es mercancía propia) |
| Transporte aéreo de carga | Sí, obligatorio | Ingreso o Traslado según corresponda |
| Transporte marítimo | Sí, obligatorio | Ingreso o Traslado según corresponda |
| Transporte ferroviario | Sí, obligatorio | Ingreso o Traslado según corresponda |
| Transporte local (dentro del mismo municipio sin cruzar carretera federal) | Verificá los criterios vigentes 2026 directamente en el SAT | Depende de la situación particular |
Los criterios de exención por tipo de ruta y municipio pueden modificarse. Consultá siempre la Resolución Miscelánea Fiscal vigente 2026 en el portal oficial del SAT antes de asumir que estás exento de la obligación.
Estructura del Complemento Carta Porte 3.0
El complemento se compone de varios nodos que deben completarse con exactitud antes del timbrado. Un error en cualquiera de ellos puede resultar en un CFDI inválido ante las autoridades, lo que equivale a no llevar documentación en regla.
Los nodos principales y sus campos obligatorios
| Nodo del complemento | Campos clave | Notas importantes |
|---|---|---|
| Ubicaciones | IDUbicacion, TipoUbicacion (Origen / Destino), RFC del remitente y destinatario, Domicilio completo, FechaHoraSalidaLlegada | Mínimo un origen y un destino. La versión 3.0 exige registrar la hora exacta de salida y llegada. |
| Mercancías | BienesTransp (clave del catálogo SAT c_ClaveProdServCP), Descripcion, Cantidad, ClaveUnidadPeso, PesoEnKg, ValorMercancia, Moneda | La moneda se declara en pesos mexicanos (MXN) salvo operaciones con cláusula de moneda extranjera. Usá la clave correcta del catálogo vigente. |
| Autotransporte | PermSCT, NumPermisoSCT, IdentificacionVehicular (placa, año modelo, configuración vehicular), Seguros (responsabilidad civil y carga) | Solo aplica para autotransporte terrestre federal. El número de póliza de seguro es obligatorio en la versión 3.0. |
| FiguraTransporte | TipoFigura (01=Operador, 02=Propietario, 03=Arrendador, 04=Notificado), RFC, NombreFigura, NumLicencia | Pueden declararse múltiples figuras. El operador (chofer) siempre debe incluirse con su número de licencia vigente. |
Cambios de la versión 3.0 frente a versiones anteriores
La versión 3.0 del Complemento Carta Porte, vigente en 2026, introdujo los siguientes cambios relevantes:
- Catálogos actualizados de unidad de peso (c_ClaveUnidadPeso) con nuevas claves y claves eliminadas
- Nuevos tipos de figura de transporte disponibles con sus propias validaciones
- Mayor exigencia de detalle en el nodo de seguros: el número de póliza de responsabilidad civil y el nombre de la aseguradora son campos obligatorios
- Registro de hora exacta (no solo fecha) de salida y llegada en el nodo de Ubicaciones
- Cambios en las validaciones de la configuración vehicular según el catálogo c_ConfigAutotransporte
Verificá siempre con tu PAC (Proveedor Autorizado de Certificación) que estás utilizando la versión y los catálogos más recientes. El SAT puede publicar actualizaciones al complemento en cualquier momento del año mediante el Diario Oficial de la Federación.
Cómo emitir un CFDI con Complemento Carta Porte paso a paso
El proceso correcto para generar el comprobante es el siguiente:
- Definí el tipo de CFDI: Si cobrás por el traslado, emitís un CFDI de Ingreso. Si trasladás mercancía propia, emitís un CFDI de Traslado. El tipo incorrecto invalida el comprobante.
- Recopilá los datos antes del viaje: RFC y domicilio del remitente y destinatario, hora de salida y llegada estimada, descripción y peso exacto de la mercancía, clave del catálogo SAT correspondiente al producto, datos del vehículo (placa, año, tipo de configuración vehicular, número de permiso SICT) y datos del operador (nombre completo, RFC, número de licencia federal).
- Generá el XML con el complemento integrado a través de tu sistema de facturación o PAC. El Complemento Carta Porte debe estar embebido correctamente en el CFDI antes de enviarlo a timbrar.
- Timbrate el comprobante con tu PAC. El XML timbrado incluirá el sello digital del SAT y un folio fiscal (UUID) único que identifica el comprobante en los sistemas del SAT.
- Portá el documento durante todo el traslado: el operador debe llevar el XML timbrado o su representación impresa con código QR bidimensional durante todo el recorrido. Las autoridades verifican la autenticidad en línea consultando directamente los servidores del SAT mediante aplicaciones oficiales.
Regla fundamental: el CFDI con Complemento Carta Porte debe emitirse antes de iniciar el traslado o al momento de realizar la carga. Emitirlo de forma retroactiva no es válido para fines de verificación en carretera ni para acreditar la legal tenencia de la mercancía.
Consecuencias de no cumplir con el Complemento Carta Porte
Las consecuencias de circular sin el CFDI con Complemento Carta Porte vigente pueden ser severas tanto para el transportista como para el dueño de la mercancía:
- Retención de la mercancía en puntos de verificación de la Guardia Nacional o la SICT hasta que se regularice la documentación fiscal.
- Multas fiscales por parte del SAT. Los montos exactos se actualizan anualmente conforme al Código Fiscal de la Federación; verificá las tablas de multas vigentes 2026 directamente en el portal del SAT, ya que los rangos en pesos mexicanos cambian cada ejercicio.
- Pérdida de deducibilidad del flete: el receptor del servicio no podrá deducir el gasto de transporte en su declaración de ISR ni acreditar el IVA trasladado, lo que puede impactar significativamente su carga fiscal anual.
- Responsabilidad solidaria entre el transportista y el propietario de la mercancía cuando se detecten irregularidades en la documentación fiscal del traslado.
- Riesgo de cancelación de permisos de autotransporte federal por parte de la SICT en casos de reincidencia documentada.
Es importante destacar que las autoridades cuentan con aplicaciones móviles que verifican la autenticidad del CFDI en tiempo real consultando directamente los servidores del SAT, por lo que no es posible presentar documentos alterados o emitidos sin el debido timbrado.
Herramientas de facturación para el Complemento Carta Porte
Gestionar correctamente el Complemento Carta Porte requiere un sistema de facturación que conozca los catálogos actualizados del SAT, las versiones vigentes del complemento y las validaciones técnicas del PAC. Un error en la clave del producto, en la configuración vehicular o en el tipo de figura puede resultar en un rechazo en los puntos de control.
YoFacturo, plataforma de facturación electrónica para PyMEs latinoamericanas, está expandiendo sus servicios a México para facilitar la emisión de CFDI, incluyendo los comprobantes con Complemento Carta Porte. Si querés simplificar este proceso desde una sola plataforma adaptada al SAT, podés anotarte en la lista de espera para acceder cuando el servicio esté disponible en el país.
Para transportistas
Remitos, carta de porte AFIP y app offline para conductores en ruta.
Probá YoFacturo Transporte

