Impuestos y Monotributo
Retención de IVA en México: qué es, cuándo aplica y cómo enterarla al SAT
Descubrí cuándo aplica la retención de IVA en México, qué porcentajes corresponden a servicios profesionales, arrendamiento y fletes, quién está obligado a retener y cómo enterar el impuesto al SAT correctamente en 2026.

La retención de IVA en México es uno de los mecanismos fiscales que más confusión genera entre contribuyentes, freelancers y dueños de PyMEs. Sucede cuando quien paga por un bien o servicio retiene una parte del IVA que debería cobrar el proveedor, y la entera directamente al SAT en lugar de dejársela al prestador. Si recientemente comenzaste a facturar honorarios, renta un local a una empresa o contratas fletes, es fundamental que entiendas cómo funciona este esquema para no cometer errores en tu CFDI ni en tus declaraciones mensuales.
¿Qué es la retención de IVA y por qué existe?
El Impuesto al Valor Agregado (IVA) en México tiene una tasa general del 16 % (vigente 2026, verificá en el SAT). En condiciones normales, el proveedor cobra el IVA al cliente, lo declara y lo entera al SAT en su declaración mensual. Sin embargo, el SAT detectó históricamente que ciertos sectores —especialmente prestadores de servicios independientes— no enteraban correctamente ese impuesto. Para reducir la evasión, la Ley del IVA (LIVA) creó la figura del agente retenedor: en lugar de que el proveedor entere el IVA, lo hace el propio cliente (generalmente una empresa o persona moral).
Este mecanismo está regulado en el artículo 1-A de la LIVA y en el Reglamento de la misma ley. Conocer sus reglas te evita problemas de descuadre contable, multas y requerimientos del SAT.
¿Quién está obligado a retener IVA en México?
No cualquier persona que pague un servicio es agente retenedor. La obligación recae sobre sujetos específicos que la ley señala expresamente.
Personas morales como agentes retenedores
Las personas morales (sociedades anónimas, SRL, asociaciones civiles, etc.) deben retener IVA cuando:
- Contratan servicios profesionales o independientes prestados por personas físicas.
- Pagan arrendamiento de inmuebles a personas físicas.
- Contratan autotransporte terrestre de bienes (fletes) con personas físicas o morales.
- Adquieren desperdicios destinados a su comercialización o industrialización.
- Reciben servicios de rezagos o bienes usados en algunos supuestos específicos.
Personas físicas con actividad empresarial
Las personas físicas que tributan bajo el régimen de actividad empresarial también tienen obligación de retener IVA en un supuesto puntual: cuando contratan servicios de autotransporte terrestre de bienes. En ningún otro caso señalado en el artículo 1-A la persona física actúa como retenedora.
Casos en que aplica la retención de IVA
A continuación se detallan los tres supuestos más comunes que afectan a la mayoría de los contribuyentes mexicanos.
Servicios profesionales (honorarios)
Cuando una persona física presta servicios profesionales (médico, contador, abogado, consultor, diseñador, etc.) a una persona moral, la empresa no le paga el IVA completo: retiene las dos terceras partes (2/3) del IVA trasladado y le entrega al prestador solo el tercio restante.
Ejemplo con honorarios de $10,000 MXN:
- Honorarios: $10,000
- IVA trasladado (16 %): $1,600
- Retención (2/3 de $1,600): $1,066.67
- IVA que le paga la empresa al prestador: $533.33
- Total que recibe el prestador: $10,533.33
El prestador acredita el IVA trasladado completo ($1,600) en su declaración, y la empresa entera los $1,066.67 retenidos directamente al SAT.
Arrendamiento de inmuebles
Cuando una persona moral renta un inmueble a una persona física, debe retener el equivalente al 10 % del valor de la renta (no del IVA, sino del importe bruto de la renta).
Ejemplo con renta mensual de $15,000 MXN:
- Renta: $15,000
- IVA trasladado (16 %): $2,400
- Retención (10 % de $15,000): $1,500
- IVA que paga la empresa al arrendador: $900
- Total que recibe el arrendador: $15,900
Autotransporte terrestre de bienes (fletes)
Tanto personas morales como personas físicas con actividad empresarial que contraten servicios de flete terrestre retienen el 4 % del valor de la contraprestación (del importe sin IVA del servicio).
Ejemplo con flete de $5,000 MXN:
- Flete: $5,000
- IVA trasladado (16 %): $800
- Retención (4 % de $5,000): $200
- IVA que paga al transportista: $600
- Total que recibe el transportista: $5,600
Otros supuestos previstos en la LIVA
Existen casos adicionales menos frecuentes, como la adquisición de desperdicios industriales o la importación de bienes intangibles de residentes en el extranjero sin establecimiento permanente (donde la retención puede ser del 100 % del IVA). Consultá siempre el artículo 1-A de la LIVA y las disposiciones vigentes en el portal del SAT para verificar si tu actividad encuadra en alguno de estos supuestos.
Tabla resumen de porcentajes de retención de IVA en México
| Supuesto | Quién retiene | A quién le retiene | Base de retención | Porcentaje |
|---|---|---|---|---|
| Servicios profesionales / honorarios | Persona moral | Persona física | IVA trasladado | 2/3 del IVA (≈ 10.6667 % del honorario) |
| Arrendamiento de inmuebles | Persona moral | Persona física | Valor de la renta | 10 % de la renta |
| Autotransporte terrestre (fletes) | Persona moral o física con actividad empresarial | Persona física o moral | Valor del flete | 4 % del flete |
| Desperdicios industriales | Persona moral | Persona física o moral | IVA trasladado | 100 % del IVA |
| Servicios de residentes en el extranjero sin EP | Persona física o moral nacional | Residente extranjero | IVA trasladado | 100 % del IVA |
Porcentajes vigentes 2026. Verificá siempre en el SAT (sat.gob.mx) antes de aplicarlos.
¿Cómo se refleja la retención en el CFDI?
Desde que el SAT modernizó el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), la retención de IVA debe quedar registrada explícitamente en la factura electrónica. El campo ImpuestosRetenidos dentro del nodo de impuestos del CFDI debe incluir el importe retenido con el tipo de impuesto IVA y la clave de retención correspondiente.
Aspectos clave en el CFDI con retención:
- El proveedor emite el CFDI indicando el IVA trasladado completo y el importe retenido en el nodo Retenciones.
- El total del comprobante ya refleja la resta: el cliente paga el subtotal más el IVA menos la retención.
- En el complemento de Retenciones e Información de Pagos (CFDI de Retenciones), la empresa que retiene puede emitir un comprobante adicional para informar al SAT sobre las retenciones efectuadas, cuando así lo exige la normativa.
- Conservá todos los CFDI con retención: son la evidencia documental ante una revisión del SAT.
Es importante que tanto el prestador como la empresa validen que los importes cuadren. Un error en el CFDI puede generar diferencias en las declaraciones de ambas partes y derivar en requerimientos de aclaración.
¿Cómo y cuándo se entera la retención al SAT?
La empresa o persona que actuó como agente retenedor debe enterar las retenciones de IVA a más tardar el día 17 del mes siguiente al período en que se efectuaron, junto con su declaración mensual de IVA. El entero se realiza a través del Servicio de Declaraciones y Pagos (DeclaraSAT) disponible en el portal del SAT.
Pasos para enterar la retención
- Accedé al portal sat.gob.mx con tu RFC y Contraseña o e.firma.
- Ingresá a la sección Declaraciones → Presentación de declaraciones → Impuesto al Valor Agregado.
- En el apartado correspondiente, capturá el monto de IVA retenido en el período.
- El sistema calculará automáticamente si existe diferencia a pagar o si el IVA propio acreditable genera saldo a favor.
- Realizá el pago a través de la línea de captura que emite el SAT, pagable en bancos autorizados o por banca en línea.
Si sos el prestador de servicios y te retuvieron IVA, ese importe retenido lo acreditás en tu propia declaración mensual de IVA como impuesto ya pagado. Esto reduce o elimina el IVA que tendrías que enterar por tu cuenta.
Obligaciones del agente retenedor
Ser agente retenedor implica responsabilidades fiscales concretas que van más allá del simple descuento en el pago:
- Retener el importe correcto en cada pago, conforme a los porcentajes establecidos en la LIVA.
- Expedir constancia de retención al proveedor cuando éste lo solicite, indicando el monto retenido y el período.
- Declarar y enterar puntualmente las retenciones antes del día 17 del mes siguiente.
- Registrar contablemente las retenciones en una cuenta específica de pasivos (IVA retenido por enterar).
- Conservar la documentación (CFDI, comprobantes de pago, declaraciones) por el plazo legal que establece el Código Fiscal de la Federación (CFF), actualmente cinco años.
El incumplimiento como retenedor puede generar multas, recargos y actualizaciones sobre el importe no enterado. El SAT puede determinar un crédito fiscal a cargo del retenedor aunque el proveedor ya haya pagado el IVA por su cuenta, por lo que no conviene descuidar estas obligaciones.
Preguntas frecuentes sobre la retención de IVA
A continuación respondemos las dudas más comunes que plantean contribuyentes y PyMEs mexicanas sobre este tema.
Herramientas para facilitar tu facturación con retenciones
Registrar correctamente la retención de IVA en cada CFDI puede ser tedioso si lo hacés de forma manual, especialmente cuando facturás a múltiples clientes con distintos supuestos de retención. Plataformas como YoFacturo, que está próxima a llegar a México con soporte para CFDI y el esquema fiscal del SAT, buscan simplificar justamente este tipo de operaciones: emitir facturas con retenciones calculadas automáticamente, llevar el control de lo retenido por período y tener la información lista para tu declaración mensual. Si querés ser de los primeros en acceder cuando abran las puertas para México, podés anotarte en la lista de espera en yofacturo.com.
Mientras tanto, cualquier software de facturación electrónica certificado como PAC (Proveedor Autorizado de Certificación) por el SAT puede ayudarte a emitir CFDI con retenciones correctamente estructuradas. Lo importante es que el sistema que uses contemple los campos de retención dentro del XML del comprobante y que puedas exportar los datos de retenciones por período para tu declaración.
Conclusión
La retención de IVA en México es un mecanismo fiscal que afecta a muchos contribuyentes en su operación cotidiana, ya sea como prestadores de servicios profesionales, arrendadores o transportistas. Conocer los porcentajes correctos, emitir el CFDI adecuadamente y enterar las retenciones en tiempo y forma son los tres pilares para cumplir sin problemas ante el SAT. Si tenés dudas específicas sobre tu situación fiscal, lo más recomendable es consultar con un contador público certificado que conozca la normativa vigente de 2026.
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