Calculadora de Leasing
Cargá el valor del bien, el anticipo, el plazo, la tasa de tu oferta y el valor residual. Te devuelve la cuota mensual, el total a pagar, el costo financiero y la tabla de amortización cuota por cuota.
Cómo se arma la cuota
Números del contrato
Ingresá la TNA de tu oferta para ver la cuota.
Tabla de amortización
Cada cuota paga primero el interés del mes sobre el saldo y con el resto amortiza capital. Por eso las primeras cuotas son casi todo interés y las últimas casi todo capital. El saldo cierra en el valor residual: eso es lo que te queda por pagar si ejercés la opción de compra.
| N° | Saldo inicial | Cuota | Interés | Capital | Saldo final |
|---|---|---|---|---|---|
| Totales | — | — | — | — |
Qué es el leasing
El leasing es un contrato por el que una empresa —el dador— compra un bien y te lo entrega para que lo uses, a cambio de un canon mensual. Al final del plazo tenés una opción de comprapor un valor residual pactado de antemano: si la ejercés, el bien pasa a ser tuyo; si no, lo devolvés (o, según el contrato, renovás). En la Argentina lo regula la Ley 25.248 y su tratamiento impositivo está reglamentado por el Decreto 1038/2000.
La diferencia de fondo con cualquier otra financiación es quién es el dueño. Durante todo el contrato el bien está a nombre del dador. Eso tiene dos consecuencias prácticas: el bien mismo oficia de garantía (no te suelen pedir garantías adicionales ni codeudores) y, si el negocio no funciona, tenés una salida ordenada, porque no ejercer la opción de compra es una alternativa contractual prevista, no un incumplimiento.
Se usa sobre todo para bienes de capital: vehículos utilitarios y flotas, maquinaria agrícola, equipamiento industrial, equipos informáticos, y también inmuebles.
Leasing vs. crédito prendario
| Leasing | Crédito prendario | |
|---|---|---|
| Propiedad del bien | Del dador hasta que ejercés la opción de compra. | Tuya desde el día uno, con prenda a favor del banco. |
| Garantía | El propio bien; en general sin garantías adicionales. | Prenda sobre el bien; suelen pedir garantías o requisitos extra. |
| Anticipo | Puede ser bajo o nulo según el dador y el bien. | Habitualmente exigen una entrega inicial. |
| Qué pagás por mes | Un canon, más el residual al final si comprás. | Una cuota que amortiza toda la deuda; no queda residual. |
| En Ganancias | Si encuadra como locación, deducís el canon como gasto y no amortizás el bien. | Deducís los intereses y la amortización del bien por su vida útil. |
| En IVA | Computás el crédito fiscal cuota a cuota, y el del residual al ejercer la opción. | Computás todo el crédito fiscal de golpe, al momento de la compra. |
| Salida anticipada | Podés no ejercer la opción y devolver el bien. | La deuda es tuya: cancelás o vendés el bien para cancelarla. |
La ventaja fiscal, en criollo
La ventaja del leasing es de caja y de timing, no de descuento: no pagás menos impuesto en total, lo pagás distinto en el tiempo.
- Ganancias: la cuota entera es gasto. Cuando el contrato encuadra como locación, el canon (neto de IVA) se deduce como gasto en el ejercicio en que se devenga. Con un prendario deducís sólo la parte de interés más la amortización del bien según su vida útil, que se estira varios años. Si el plazo del leasing es más corto que la vida útil impositiva del bien, estás adelantando deducción.
- IVA: crédito fiscal repartido. El IVA se devenga con cada canon, así que computás el crédito fiscal mes a mes en lugar de acumular un crédito enorme el día que comprás. Para una PyME con débito fiscal mensual acotado eso evita quedarse con un saldo a favor inmovilizado durante meses. La alícuota es la que corresponda al bien (la general del IVA es 21%, pero hay bienes de capital con alícuota reducida): confirmalo en la factura del dador.
- Al ejercer la opción de compra incorporás el bien a tu patrimonio por el valor residual y desde ahí lo amortizás, con el IVA de ese residual como crédito fiscal.
El encuadre no es automático: depende de cómo esté armado el contrato y de la normativa vigente al momento de firmarlo (y el tratamiento contable puede no coincidir con el impositivo según el marco que apliques). Antes de decidir por el beneficio fiscal, hacé la consulta con tu contador.
Cuándo conviene y cuándo no
Suele convenir si…
- Necesitás un bien de capital y no querés inmovilizar el capital de trabajo en un pago contado.
- Estás pagando Ganancias y te sirve deducir la cuota completa en vez de amortizar el bien de a poco.
- Tu débito fiscal mensual es chico y un crédito de IVA grande te quedaría inmovilizado.
- El bien se renueva seguido (informática, vehículos) y querés la salida de no ejercer la opción.
- No tenés garantías para ofrecer: acá la garantía es el bien mismo.
Conviene mirarlo dos veces si…
- Tenés el efectivo y el costo financiero de la oferta te resulta caro contra pagar de contado.
- Estás en quebranto impositivo: la deducción no te aporta nada hoy.
- El bien no se deprecia y pensás quedártelo siempre: comparalo contra un prendario.
- Sumaste seguros y gastos y el CFT quedó muy por encima de otras alternativas.
- Un residual alto te bajó la cuota pero te deja un pago final que no vas a poder afrontar.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el leasing y en qué se diferencia de comprar el bien?
¿Cómo se calcula la cuota de un leasing?
¿Cuál es la ventaja fiscal del leasing frente a un crédito prendario?
¿Qué es el valor residual y cuánto suele ser?
¿El número que da esta calculadora es el CFT de mi contrato?
Probalo antes de comprarlo.
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