Generador de Contrato de Alquiler
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Locador (quien alquila el inmueble)
Locatario (el inquilino)
Inmueble
Plazo
Precio y forma de pago
Depósito en garantía
Garantías ofrecidas
Expensas, impuestos y servicios
Actualización del precio
Lugar y fecha de firma
En _____________, con fecha _____________, entre _____________, con domicilio en _____________, en adelante «EL LOCADOR», por una parte; y _____________, con domicilio en _____________, en adelante «EL LOCATARIO», por la otra; convienen en celebrar el presente CONTRATO DE LOCACIÓN, que se regirá por las siguientes cláusulas y, en lo no previsto, por la legislación vigente.
Primera — Objeto
EL LOCADOR da en locación a EL LOCATARIO, y este acepta, el inmueble ubicado en _____________, en adelante «EL INMUEBLE». EL LOCATARIO declara conocerlo y recibirlo en el estado en que se encuentra, que declara ser de su entera conformidad.
Segunda — Destino
EL INMUEBLE se destinará exclusivamente a vivienda familiar. EL LOCATARIO no podrá cambiar el destino pactado sin el consentimiento previo y por escrito de EL LOCADOR.
Tercera — Plazo
El plazo de la locación se conviene en 36 meses, con inicio el _____________ y vencimiento el _____________, fecha en la que EL LOCATARIO deberá restituir EL INMUEBLE totalmente desocupado y en las mismas condiciones en que lo recibió, salvo el desgaste propio del uso ordinario y del paso del tiempo.
Cuarta — Precio y forma de pago
El precio de la locación se fija en la suma de _____________ por mes, que EL LOCATARIO abonará por adelantado, del 1 al 10 de cada mes, mediante transferencia bancaria. La falta de pago en término constituirá a EL LOCATARIO en mora de pleno derecho, sin necesidad de interpelación previa.
Quinta — Actualización del precio
Las partes acuerdan que el precio de la locación se actualizará cada 12 meses, aplicando _____________. El primer ajuste regirá a partir del _____________ y los siguientes con la misma periodicidad.
Las partes acuerdan que el precio pactado en la cláusula CUARTA se mantendrá sin actualización durante todo el plazo de la locación.
El índice y la periodicidad aquí indicados son los que las partes convienen libremente y deberán ajustarse a la normativa vigente al momento de la celebración del contrato y de cada ajuste.
Sexta — Depósito en garantía
EL LOCATARIO entrega en este acto, en concepto de depósito en garantía, la suma de _____________, que EL LOCADOR restituirá a la finalización de la locación, una vez verificado el estado de EL INMUEBLE y cancelados los servicios e impuestos a cargo de EL LOCATARIO. El depósito no podrá imputarse al pago de los últimos meses de alquiler.
Las partes acuerdan que no se constituye depósito en garantía por la presente locación.
Séptima — Garantías
EL LOCATARIO ofrece, y EL LOCADOR acepta, las siguientes garantías: . Las garantías deberán mantenerse vigentes durante todo el plazo del contrato y hasta la efectiva restitución de EL INMUEBLE.
Las partes dejarán constancia por escrito de las garantías ofrecidas y aceptadas con anterioridad a la entrega de EL INMUEBLE, las que deberán mantenerse vigentes hasta su efectiva restitución.
Octava — Expensas, impuestos y servicios
Estarán a cargo de EL LOCATARIO las expensas ordinarias; a cargo de EL LOCADOR las expensas extraordinarias; a cargo de EL LOCADOR los impuestos y tasas que gravan EL INMUEBLE; y a cargo de EL LOCATARIO los servicios de consumo (energía eléctrica, gas, agua, internet y demás servicios domiciliarios), incluidas sus altas, bajas y conexiones. La parte obligada deberá acreditar el pago cuando la otra lo requiera.
Novena — Conservación y mejoras
EL LOCATARIO se obliga a conservar EL INMUEBLE en buen estado y a tomar a su cargo las reparaciones derivadas del uso ordinario. Las reparaciones estructurales o que afecten la habitabilidad o el destino pactado estarán a cargo de EL LOCADOR, quien deberá realizarlas en un plazo razonable desde la notificación. EL LOCATARIO no podrá introducir mejoras ni modificaciones sin autorización previa y por escrito de EL LOCADOR; las autorizadas quedarán en beneficio de EL INMUEBLE sin derecho a reclamo, salvo pacto expreso en contrario.
Décima — Cesión y sublocación
EL LOCATARIO no podrá ceder este contrato ni sublocar total o parcialmente EL INMUEBLE sin el consentimiento previo y por escrito de EL LOCADOR.
Décimo primera — Resolución anticipada e incumplimiento
Las partes acuerdan que EL LOCATARIO podrá resolver anticipadamente la locación notificando de manera fehaciente a EL LOCADOR con una antelación no menor a sesenta (60) días, quedando la resolución sujeta a la compensación o indemnización que prevea la legislación vigente al momento de ejercerse. El incumplimiento de las obligaciones a cargo de cualquiera de las partes facultará a la otra a resolver el contrato y a reclamar los daños y perjuicios que correspondan.
Décimo segunda — Domicilios y jurisdicción
Las partes constituyen domicilios especiales en los indicados en el encabezamiento, donde serán válidas todas las notificaciones. Ante cualquier controversia se someten a los tribunales ordinarios competentes en el lugar de ubicación de EL INMUEBLE, con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción.
En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Qué revisar antes de firmar
- Que los datos de las partes coincidan con el DNI. Nombre completo, número de documento y domicilio real: un error acá complica cualquier reclamo posterior.
- Que el destino esté bien declarado. No es lo mismo vivienda que local comercial: cambian las reglas aplicables, los plazos habituales y hasta los seguros.
- Que el precio y el día de pago no queden ambiguos. Monto en números y en letras, forma de pago y, si es transferencia, el CBU o alias en el mismo contrato.
- Que la actualización diga índice, fuente y período. “Se ajusta por inflación” no alcanza: tiene que quedar claro qué índice, quién lo publica y cada cuántos meses se aplica.
- Que el estado del inmueble quede documentado. Conviene sumar un inventario y fotos con fecha como anexo firmado por ambas partes: es lo que evita discusiones al devolver el depósito.
- Que las cláusulas fijas te sirvan tal como están. El preaviso de 60 días para la resolución anticipada, la prohibición de imputar el depósito a los últimos meses o el reparto de las reparaciones son textos por defecto que las partes pueden negociar: leelos y cambiá lo que no coincida con lo que acordaron.
- Que lo revise un profesional. Este modelo ordena los datos, pero la revisión de un abogado o escribano es lo que te cubre.
Preguntas frecuentes
¿Este modelo de contrato de alquiler tiene validez legal?
¿Qué índice de actualización tengo que poner?
¿Qué plazo conviene pactar?
¿Qué garantías puede pedir el locador?
¿Hay que registrar el contrato de alquiler ante ARCA?
Probalo antes de comprarlo.
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