Facturación Electrónica
Facturación electrónica obligatoria 2025: a quiénes alcanza en Uruguay
Quiénes están obligados a emitir CFE en Uruguay desde 2025, quiénes quedan exceptuados y qué necesitás para cumplir con la facturación electrónica de la DGI.

Desde 2025 los contribuyentes de IVA están obligados a emitir Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE), el formato de facturación electrónica que regula la DGI. El Monotributo y el Monotributo Social MIDES quedan exceptuados. Para emitir necesitás un certificado digital y la Constancia de Autorización de Emisión (CAE).
La facturación electrónica en Uruguay dejó de ser una opción para volverse una obligación para buena parte de los contribuyentes. Si tenés una empresa, un comercio o ejercés una actividad profesional, la pregunta que más se repite es directa: ¿me alcanza la facturación electrónica obligatoria en 2025? En esta guía repasamos a quiénes incluye, quiénes quedan afuera y qué necesitás para cumplir con la DGI sin sobresaltos.
Qué es la facturación electrónica obligatoria en Uruguay
En Uruguay, la facturación electrónica se materializa a través de los Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE), documentos validados por la DGI que reemplazan a la factura, el ticket o la nota de crédito en papel. Cada CFE viaja con su firma digital y queda registrado ante la administración tributaria.
La obligatoriedad significa que los contribuyentes alcanzados ya no pueden documentar sus ventas con comprobantes tradicionales: tienen que emitir CFE. Esto ordena el control fiscal, reduce errores y le da trazabilidad a cada operación, tanto para quien emite como para quien recibe.
¿A quiénes alcanza la obligatoriedad en 2025?
El criterio central para saber si estás dentro del régimen es simple: si sos contribuyente de IVA, estás obligado a emitir CFE. Desde 2025 la obligatoriedad alcanza a este universo de contribuyentes, que deben pasar a la facturación electrónica para documentar sus operaciones.
Casos típicos de obligados a facturar electrónico
Quedan comprendidos, entre otros:
- Empresas y comercios inscriptos como contribuyentes de IVA, sin importar el tamaño.
- Profesionales y prestadores de servicios que liquidan IVA por su actividad.
- Quienes ya venían emitiendo comprobantes con IVA discriminado en papel y deben migrar al formato electrónico.
En la práctica, la gran mayoría de las actividades comerciales y profesionales con responsabilidad de IVA hoy entran en el régimen de CFE obligatorio. Si tenés dudas sobre tu situación particular, lo más seguro es confirmar tu calidad de contribuyente de IVA ante la DGI.
¿Quiénes quedan exceptuados?
No todo el mundo está obligado. La excepción más importante es la de los pequeños contribuyentes que no liquidan IVA:
- Monotributo: está exceptuado de emitir CFE, porque no es contribuyente de IVA.
- Monotributo Social MIDES: también queda fuera de la obligación de facturación electrónica.
Estos regímenes simplificados pueden seguir documentando sus operaciones según las reglas que les corresponden, sin necesidad de montar un esquema de CFE. Si querés entender mejor los límites de estas excepciones, te puede servir nuestra nota sobre empresas exceptuadas de CFE en Uruguay y la guía específica de facturación electrónica y monotributo.
Qué necesitás para cumplir con la obligación
Si estás dentro del régimen, ponerte al día implica reunir dos piezas clave y un software que las use:
1. Certificado digital
El certificado digital es lo que le da firma y validez legal a cada CFE. Se obtiene a través de un proveedor habilitado en Uruguay:
- Abitab
- Correo Uruguayo
- Antel
Sin este certificado no es posible firmar ni emitir comprobantes electrónicos.
2. Constancia de Autorización de Emisión (CAE)
La CAE es la autorización que otorga la DGI para emitir CFE. Define un rango de numeración para tus comprobantes y tiene una vigencia de dos años. Cuando ese rango se agota o vence la vigencia, hay que solicitar una nueva CAE para seguir facturando.
3. Un software emisor
Con el certificado y la CAE en mano, te falta la herramienta que genere, firme y envíe los CFE a la DGI por vos. Acá es donde un sistema de facturación te ahorra trabajo: emitís el comprobante correcto, calculás el IVA (tasa básica del 22% o mínima del 10% según corresponda) y mantenés todo en regla automáticamente.
Cómo dar el paso sin complicarte
Adaptarse a la obligatoriedad no tiene por qué ser un dolor de cabeza. El camino ordenado es:
- Confirmar si sos contribuyente de IVA (y por lo tanto, obligado).
- Obtener el certificado digital con un proveedor habilitado.
- Solicitar la CAE ante la DGI.
- Elegir un software emisor que conecte todo y empezar a emitir CFE.
Si querés ver cómo funciona la facturación electrónica adaptada a Uruguay de punta a punta, pasá por nuestra página para Uruguay y revisá la guía completa de CFE.
La facturación electrónica obligatoria llegó para quedarse, pero con las herramientas correctas se vuelve simple: emitís tus CFE en regla, calculás el IVA sin errores y te olvidás del papel. Probá YoFacturo gratis y empezá a facturar electrónicamente hoy mismo.
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