DGR Entre Ríos / ATER Ingresos Brutos: cómo inscribirte, liquidar el IIBB mensual, conocer alícuotas 2026, retenciones provinciales y régimen simplificado.

Si tenés tu negocio o ejercés tu profesión en la provincia de Entre Ríos, después de AFIP el trámite que sigue es la inscripción en DGR Entre Ríos Ingresos Brutos. La histórica Dirección General de Rentas pasó a llamarse ATER (Administradora Tributaria de Entre Ríos), pero la mayoría de los contribuyentes la siguen buscando como “DGR Entre Ríos”. El IIBB entrerriano es mensual y muchos lo descubren tarde, cuando el banco les empieza a retener SIRCREB sin saber cómo computarlo.
En esta guía vas a encontrar paso a paso cómo inscribirte en ATER, cómo liquidar el IIBB Entre Ríos, qué régimen te conviene (general, simplificado o Convenio Multilateral) y cómo automatizar la liquidación desde tu sistema de facturación. Es la guía detallada de Entre Ríos dentro del cluster nacional. Si todavía no leíste el panorama general, empezá por Ingresos Brutos en Argentina: guía nacional completa.
La ATER (Administradora Tributaria de Entre Ríos) es el organismo que recauda los tributos provinciales entrerrianos. Reemplazó a la antigua DGR Entre Ríos manteniendo continuidad en padrones y cuenta corriente del contribuyente. Su sitio oficial es ater.gob.ar y desde ahí se accede a todos los servicios. Tiene sede central en Paraná y delegaciones en Concordia, Gualeguaychú, Concepción del Uruguay, Victoria, La Paz y otras ciudades de la provincia.
ATER administra los siguientes tributos:
Para operar con ATER usás tu clave fiscal de AFIP nivel 3, adhiriendo el servicio “ATER” desde el Administrador de Relaciones. Toda la operatoria se hace por el portal del contribuyente: inscripción, DDJJ, planes de facilidades, constancias, consultas de cuenta corriente y emisión de VEPs. Para gestiones presenciales podés sacar turno online en cualquiera de las delegaciones provinciales.
ATER mantiene padrones cruzados con AFIP, bancos, registros automotores y registros provinciales. Los cruces masivos detectan contribuyentes no inscriptos a través de movimientos de tarjetas (SIRCUPA), acreditaciones bancarias (SIRCREB), alquileres declarados y consumos energéticos comerciales. Si tu negocio existe en Entre Ríos, tarde o temprano lo van a detectar y la inscripción de oficio viene con multa retroactiva.
En Entre Ríos podés liquidar IIBB bajo distintos esquemas según dónde tenés sustento territorial y qué facturación manejás.
El régimen por defecto. Liquidás DDJJ mensual con tus ingresos del período por actividad, deducciones y retenciones/percepciones sufridas, y aplicás la alícuota que corresponde por código de actividad NAES.
Para pequeños contribuyentes locales que no superan los topes de facturación que ATER publica en su tabla de categorías. Pagás una cuota fija mensual y no presentás DDJJ. No aplica a Convenio Multilateral. Si encajás, es el régimen más cómodo.
Si tu actividad tiene sustento territorial en Entre Ríos y otras provincias, te inscribís en Convenio Multilateral y Entre Ríos pasa a ser una jurisdicción dentro de tu DDJJ unificada. Liquidás en SIFERE Web con CM03/CM04 mensual y CM05 anual.
Si recién arrancás, definí el régimen con tu contador antes de inscribirte. Cambiar después es trámite formal y, si te equivocás de entrada, podés pagar de más durante meses.
ATER no tiene clave propia: usa la clave fiscal de AFIP nivel 3. Si todavía no la tenés, generala desde tu homebanking, en una dependencia de AFIP o por la app My AFIP. Una vez que la tenés:
Con el servicio adherido:
Una vez inscripto, quedás dentro del padrón SIRCREB y SIRCUPA. Son regímenes automáticos: los bancos retienen un porcentaje de cada acreditación y los procesadores de tarjeta hacen lo propio sobre las ventas con débito y crédito. No requieren adhesión manual, pero tenés que computar las retenciones mes a mes en tu DDJJ.
La DDJJ mensual de IIBB Entre Ríos se presenta y paga desde el portal de ATER. El procedimiento estándar es:
Vencimiento: entre el día 12 y el 22 del mes siguiente, según último dígito del CUIT (calendario fiscal ATER). Presentar fuera de término dispara multa formal automática. Para Convenio Multilateral rige el calendario de la Comisión Arbitral, no el calendario provincial.
Si en un mes no facturaste, igual tenés que presentar la DDJJ en cero. No presentar implica multa formal aunque no haya impuesto a pagar. Si reiterás varios meses sin movimientos, ATER puede iniciar inspección por inactividad presunta o darte de baja de oficio.
Si tenés deuda, ATER ofrece planes de facilidades de pago con cuotas mensuales (típicamente entre 6 y 60 cuotas según monto y categoría). Se solicitan online desde el portal. Mientras estás al día con el plan, no hay ejecución fiscal y mantenés vigente la constancia de inscripción.
ATER publica el nomenclador NAES y la ley impositiva anual cada ejercicio. Estos son los rangos de alícuotas más habituales para 2026 en Entre Ríos (verificá siempre con tu código exacto):
| Actividad | Alícuota general | Observaciones |
|---|---|---|
| Comercio al por menor | 3.5% — 5% | Indumentaria y rubros no esenciales en el rango más alto. |
| Comercio al por mayor | 4% — 5% | — |
| Servicios profesionales | 3.5% — 5% | Profesionales con título habilitante: revisar exenciones provinciales. |
| Industria con planta en Entre Ríos | 1% — 2% | Beneficio por radicación industrial provincial. |
| Construcción | 3% — 4.5% | — |
| Restaurantes y gastronomía | 4.5% — 5% | — |
| Servicios financieros | 7% — 9% | — |
| Locación de inmuebles comerciales | 5% | Sobre lo devengado. |
| Producción primaria (agro, citrus, arroz) | 0% — 1% | Régimen promocional para actividad primaria provincial. |
| Turismo (Federación, Concordia, Gualeguaychú) | 2% — 3.5% | Tratamiento diferencial según localidad termal/turística. |
Estos valores son orientativos y se actualizan cada año por la ley impositiva provincial. Confirmá la alícuota exacta de tu actividad antes de configurarla en tu sistema de facturación: una alícuota mal cargada puede costarte miles de pesos por mes en retenciones y diferencias.
Entre Ríos cuenta con regímenes propios de retención y percepción que conviven con SIRCREB y SIRCUPA:
Todo lo retenido y percibido se computa como pago a cuenta en la DDJJ mensual. Si las retenciones superan tu obligación, generás saldo a favor. Cuando el saldo a favor crece de forma consistente, conviene tramitar la constancia de no retención para liberar caja en lugar de dejar plata atrapada en futuras DDJJ.
Entre Ríos tiene tres particularidades que conviene conocer antes de configurar tu facturación:
Si tu actividad encaja en alguno de estos casos, conviene revisar la ley impositiva del año en curso o consultar con un contador local antes de configurar el sistema.
Liquidar IIBB Entre Ríos a mano implica revisar facturas, calcular base imponible por actividad, sumar SIRCREB y SIRCUPA del extracto, computar retenciones de proveedores y cargar todo en el portal de ATER. Para una pyme con varios puntos de venta es trabajo de varias horas todos los meses.
Con YoFacturo configurás una sola vez:
Y a partir de ahí cada factura emitida queda registrada con su impacto en IIBB. Al cierre del mes tu sistema ya tiene listo el resumen de ingresos por jurisdicción y el detalle de retenciones y percepciones para que cargues la DDJJ en minutos. Probá YoFacturo gratis y dejá la liquidación de Entre Ríos en piloto automático.
Las sanciones más frecuentes que aplica ATER son:
La forma de evitarlas: presentar siempre dentro de plazo (incluso DDJJ en cero), computar las retenciones bancarias y de tarjeta, y regularizar deuda con plan de facilidades antes de que llegue al juzgado. Tener al día tu cumplimiento te beneficia con la constancia de no retención y mejora tu calificación en el padrón SIRCREB.
Con tu clave fiscal AFIP nivel 3, adherís el servicio ATER desde el Administrador de Relaciones de AFIP y entrás al portal del contribuyente desde ater.gob.ar.
Entre el día 12 y el 22 del mes siguiente, según último dígito del CUIT. El calendario fiscal ATER del año está publicado en ater.gob.ar.
Sí. Cuota fija mensual para contribuyentes locales con facturación bajo los topes anuales. Reemplaza la DDJJ mensual.
Sí. ATER (Administradora Tributaria de Entre Ríos) reemplazó a la antigua DGR provincial. Es el organismo vigente, con sitio oficial en ater.gob.ar.
Formales por DDJJ atrasada, materiales por omisión (50% a 100%), por defraudación (2 a 10 veces) y siempre se suman intereses resarcitorios y punitorios.
No legalmente. Podés emitir facturas con CAE de AFIP, pero ATER cruza datos con AFIP, bancos y tarjetas y te inscribe de oficio con multa retroactiva.
Si tu actividad excede Entre Ríos y empezás a operar en jurisdicciones vecinas, vas a necesitar revisar el régimen de cada una: IIBB Santa Fe, AGIP CABA, ARBA Buenos Aires, DGR Córdoba, DGR Corrientes y DGR Misiones son las más habituales para empresas entrerrianas. En ese momento dejás de ser local y pasás a Convenio Multilateral.
La inscripción en ATER y la liquidación mensual de IIBB Entre Ríos pueden simplificarse muchísimo si tu sistema de facturación entiende el nomenclador NAES, las alícuotas provinciales y las retenciones SIRCREB / SIRCUPA.
Empezá gratis con YoFacturo y configurá tu inscripción en Entre Ríos en 5 minutos. Si todavía estás definiendo qué régimen te conviene, leé la guía nacional de Ingresos Brutos y la guía de categorías de Monotributo 2026: las dos te ahorran horas de búsqueda.

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