Gestión de Negocios
Qué es una SRL en Uruguay: guía completa para constituirla en 2026
Todo lo que necesitás saber sobre la Sociedad de Responsabilidad Limitada en Uruguay: características, pasos para constituirla, capital mínimo, cantidad de socios y diferencias clave con la SAS.

¿Qué es una SRL en Uruguay?
Una SRL en Uruguay —Sociedad de Responsabilidad Limitada— es una de las formas jurídicas más utilizadas por emprendedores y empresas medianas para desarrollar actividades comerciales, industriales o de servicios en el país. Se trata de un tipo societario regulado por la Ley 16.060 de Sociedades Comerciales, cuya principal ventaja es que los socios responden únicamente hasta el monto de las cuotas sociales que hayan suscripto e integrado, sin comprometer su patrimonio personal más allá de ese límite.
En términos simples: si la empresa tiene deudas, los acreedores pueden ir contra el patrimonio de la sociedad, pero —salvo excepciones legales puntuales— no pueden tocar los bienes personales de los socios. Esta característica la convierte en una herramienta de planificación y protección patrimonial muy valorada en el ecosistema empresarial uruguayo.
Características principales de la SRL en Uruguay
Responsabilidad limitada de los socios
Como su nombre lo indica, la responsabilidad de cada socio queda acotada al capital que aportó. Esto diferencia a la SRL de las sociedades de hecho o de las sociedades colectivas, donde los socios responden con todo su patrimonio. Sin embargo, hay situaciones en las que esta limitación cae: fraude, incumplimiento de aportes o conductas dolosas pueden hacer que un juez levante el "velo societario" y responsabilice a los socios de forma personal.
Capital social dividido en cuotas
El capital de una SRL no se divide en acciones sino en cuotas. Cada cuota representa una fracción del capital total y le otorga al socio derechos económicos (distribución de utilidades) y políticos (participación y voto en las asambleas). La transferencia de cuotas a terceros ajenos a la sociedad está sujeta al consentimiento de los demás socios —salvo disposición contraria en el contrato social—, lo que dota a la SRL de un carácter más cerrado y personalista que una Sociedad Anónima.
En cuanto al capital mínimo, la Ley 16.060 no establece un mínimo fijo en pesos uruguayos; sin embargo, el Registro de Personas Jurídicas y distintas entidades bancarias o públicas pueden exigir un capital razonable en función del objeto social. Para conocer los montos actualizados correspondientes a 2026, es recomendable verificar directamente en el Registro de Personas Jurídicas del Ministerio de Educación y Cultura (MEC).
Cantidad de socios
La SRL admite un mínimo de 2 socios y un máximo de 50. Si en algún momento la sociedad queda con un único socio, debe regularizarse en el plazo que marca la ley o transformarse en otro tipo societario que admita unipersonalidad, como la SAS. Los socios pueden ser personas físicas o personas jurídicas, nacionales o extranjeras.
Administración y representación
La SRL se administra por uno o más gerentes, que pueden ser socios o terceros designados en el contrato social o en asamblea. A diferencia de la SA, no existe un directorio formal obligatorio. Las decisiones relevantes —modificación del contrato, aumento de capital, designación de gerentes— se adoptan en asamblea de socios, con mayorías que varían según lo pactado y lo dispuesto en la ley.
Cómo constituir una SRL en Uruguay: paso a paso
Constituir una SRL en Uruguay implica cumplir varios trámites ante organismos públicos. A continuación encontrás el proceso habitual vigente en 2026, aunque siempre conviene verificar los requisitos actualizados directamente en el MEC, DGI y BPS, ya que los plazos, aranceles y documentación pueden cambiar.
Paso 1: Redactar el contrato social
El primer paso es elaborar el contrato social (también llamado estatuto) ante escribano público. Este documento debe contener, como mínimo:
- Nombre completo y domicilio de los socios fundadores.
- Denominación social (debe incluir las siglas "S.R.L." o las palabras "Sociedad de Responsabilidad Limitada").
- Objeto social: descripción de las actividades que realizará la empresa.
- Capital social, número de cuotas y su valor nominal.
- Forma de integración del capital (al contado, en bienes, en forma diferida).
- Designación de los gerentes y sus facultades.
- Distribución de utilidades y procedimiento para la adopción de decisiones.
- Plazo de duración de la sociedad.
Paso 2: Inscripción en el Registro de Personas Jurídicas
Una vez firmada la escritura, el escribano la presenta ante el Registro de Personas Jurídicas del MEC para su inscripción. Este organismo verifica que el contrato cumpla con todos los requisitos legales y otorga la personería jurídica. La publicación en el Diario Oficial también puede ser requerida según el tipo de acto. El plazo estimado de inscripción varía según la carga del organismo, pero habitualmente oscila entre 15 y 45 días hábiles.
Paso 3: Inscripción en la DGI
Con la escritura y el comprobante de inscripción en el Registro de Personas Jurídicas, la sociedad debe inscribirse en la Dirección General Impositiva (DGI) para obtener su RUT (Registro Único Tributario). En este paso se define el régimen tributario al que quedará sujeta la empresa: en general, las SRL tributan IRAE (Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas) e IVA. También se determina si corresponde liquidar el IMEBA u otros tributos según el objeto social.
Paso 4: Inscripción en el BPS
Si la sociedad tendrá empleados en relación de dependencia —incluso un gerente socio remunerado en ciertos casos—, debe inscribirse en el Banco de Previsión Social (BPS) para cumplir con las obligaciones de seguridad social: aportes patronales y retenciones a los trabajadores.
Paso 5: Apertura de cuenta bancaria y habilitaciones
La mayoría de los bancos exigen la documentación societaria completa (escritura + inscripción en el Registro + RUT) para abrir una cuenta a nombre de la empresa. Dependiendo de la actividad, puede ser necesario obtener habilitaciones municipales o sectoriales adicionales (habilitación de la Intendencia, MTOP, MGAP, según el rubro).
Obligaciones fiscales de una SRL en Uruguay
Una vez constituida e inscripta, la SRL debe cumplir de forma regular con las siguientes obligaciones ante la DGI y el BPS:
- IVA: liquidación mensual o semestral según el régimen asignado por DGI.
- IRAE: liquidación anual sobre las rentas netas de la empresa (tasa vigente 2026: verificá en DGI).
- IRPF de retención: si hay empleados o se pagan honorarios a personas físicas.
- Aportes BPS patronales y personales: según la nómina de empleados.
- Presentación de estados contables: las SRL están obligadas a llevar contabilidad suficiente y, en algunos casos, a presentar estados contables auditados.
- Facturación electrónica (CFE): todas las empresas inscriptas en DGI deben emitir Comprobantes Fiscales Electrónicos. Desde la incorporación al régimen de e-factura, no es posible volver a facturación en papel.
Para la facturación electrónica de tu SRL, podés usar YoFacturo, la plataforma uruguaya de emisión de CFE que te permite emitir e-facturas, e-tickets, remitos y todos los comprobantes habilitados por DGI de forma simple y desde cualquier dispositivo.
SRL vs SAS en Uruguay: ¿cuál conviene para tu negocio?
Desde la sanción de la Ley 19.820 en 2019, los emprendedores uruguayos disponen de un nuevo tipo societario: la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS). Esta figura fue diseñada para facilitar la creación de empresas con menos burocracia. Comprender las diferencias entre ambas formas es clave para elegir la que mejor se adapte a tu proyecto.
| Característica | SRL | SAS |
|---|---|---|
| Base legal | Ley 16.060 | Ley 19.820 |
| Socios mínimos | 2 | 1 (unipersonal posible) |
| Socios máximos | 50 | Sin límite legal fijo |
| Capital dividido en | Cuotas | Acciones |
| Transferencia de participaciones | Requiere consentimiento de socios salvo pacto | Más flexible, según estatuto |
| Constitución | Escritura pública ante escribano | Instrumento privado (sin escribano obligatorio) |
| Costo de constitución | Mayor (honorarios notariales) | Menor (sin escribano en muchos casos) |
| Velocidad de trámite | 15 a 45 días hábiles aprox. | Generalmente más rápido |
| Responsabilidad de los socios | Limitada al capital aportado | Limitada al capital aportado |
| Percepción de terceros y bancos | Alta trayectoria y reconocimiento | Figura más nueva, en proceso de consolidación |
¿Cuándo elegir una SRL?
La SRL sigue siendo la opción preferida cuando:
- El negocio tendrá más de un socio desde el inicio y se busca un marco legal consolidado y conocido.
- Se trata de proyectos que requieren financiamiento bancario o relaciones con grandes empresas que priorizan estructuras societarias con trayectoria.
- Se desea un esquema más cerrado, donde el ingreso de nuevos socios esté sujeto al acuerdo del grupo fundador.
- El rubro requiere la intervención de un escribano de todos modos (operaciones inmobiliarias, entre otros).
¿Cuándo puede convenirte la SAS?
La SAS es más adecuada cuando:
- Querés emprender en solitario sin necesidad de buscar un segundo socio.
- Buscás reducir los costos y tiempos iniciales de constitución.
- El proyecto es una startup o empresa de tecnología que puede necesitar incorporar inversores de forma ágil mediante acciones.
Aspectos contables y administrativos a tener en cuenta
Más allá de los trámites de constitución, administrar una SRL implica una carga administrativa que no debe subestimarse:
- Contador público: aunque la ley no exige que todas las SRL cuenten con un contador en relación de dependencia, sí es prácticamente indispensable contratar un estudio contable que lleve los libros, liquide los impuestos y elabore los estados financieros anuales.
- Libros societarios: la sociedad debe llevar el Libro de Actas de Asamblea, el Libro de Registro de Cuotas y los libros contables exigidos por DGI.
- Distribución de dividendos: las utilidades que se distribuyan a los socios personas físicas estarán sujetas a IRPF (categoría capital) al momento del reparto. La tasa vigente en 2026 es del 7%, pero verificá en DGI cualquier actualización.
- Transformación societaria: si en algún momento los socios deciden cambiar la estructura (por ejemplo, convertirla en SA o SAS), la ley prevé procedimientos específicos de transformación sin necesidad de disolver y reconstituir la empresa.
Facturación electrónica para tu SRL: cumplí con DGI desde el primer día
Una de las primeras obligaciones que debés resolver al abrir tu SRL es habilitarte como emisor de Comprobantes Fiscales Electrónicos (CFE) ante la DGI. Todos los contribuyentes inscritos en IVA están obligados a emitir e-facturas; operar sin ellas implica sanciones y complicaciones con clientes y proveedores.
YoFacturo está diseñado específicamente para el sistema uruguayo: te conecta directamente con DGI, te permite emitir e-facturas, e-tickets, notas de crédito, remitos electrónicos y todos los CFE habilitados, con una interfaz pensada para que el proceso sea lo más simple posible, tanto si gestionás la facturación vos mismo como si lo hace tu contador. Si estás por arrancar con tu SRL, es el momento ideal para empezar con la facturación electrónica bien configurada desde cero.
Preguntas frecuentes sobre la SRL en Uruguay
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