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Cómo se calculan las vacaciones en Argentina: días, pago y ejemplos 2026

Aprendé cómo se calculan las vacaciones según la LCT: días por antigüedad, fórmula de pago (sueldo/25), cuándo se toman y qué pasa con las vacaciones no gozadas. Con ejemplos numéricos 2026.

Ilustración vectorial de calendario con días de vacaciones marcados y calculadora de sueldos en tonos violeta y azul
Ilustración vectorial de calendario con días de vacaciones marcados y calculadora de sueldos en tonos violeta y azul
Carla Franco
Carla FrancoEspecialista en facturación electrónica y monotributoPublicado: 27 de junio de 2026 · 10 min de lectura

Entender cómo se calculan las vacaciones es una de las obligaciones básicas de cualquier empleador en Argentina, ya sea una PyME, un comercio o un profesional independiente que tiene personal en relación de dependencia. Un error en la liquidación puede derivar en reclamos laborales, multas y hasta juicios. En este artículo te explicamos todo lo que necesitás saber: cuántos días corresponden según la antigüedad, la fórmula exacta de pago, cuándo deben tomarse, qué pasa con las vacaciones no gozadas y ejemplos numéricos paso a paso.

¿Qué son las vacaciones según la LCT?

Las vacaciones anuales son un derecho irrenunciable del trabajador en relación de dependencia, regulado por la Ley de Contrato de Trabajo N.º 20.744 (LCT), específicamente en los artículos 150 a 164. La ley establece que todo empleado que haya trabajado al menos la mitad de los días hábiles del año tiene derecho a gozar del período completo de vacaciones que le corresponde según su antigüedad.

Las vacaciones no son un regalo del empleador: son un derecho adquirido por el trabajador a medida que acumula antigüedad en la empresa. Su objetivo es garantizar el descanso anual remunerado para que el empleado pueda recuperarse física y mentalmente sin pérdida de ingresos.

Cuántos días de vacaciones corresponden según la antigüedad

La LCT fija cuatro tramos de antigüedad que determinan la cantidad de días de vacaciones. Estos días son corridos (calendario), no hábiles, lo cual es un error muy frecuente entre empleadores novatos.

Antigüedad en la empresa Días de vacaciones
Menos de 5 años 14 días corridos
5 años o más y menos de 10 años 21 días corridos
10 años o más y menos de 20 años 28 días corridos
20 años o más 35 días corridos

Importante: la antigüedad se computa al 31 de diciembre del año al que corresponden las vacaciones, independientemente de cuándo se tomen efectivamente.

¿Qué pasa si el empleado no trabajó todo el año?

Si el trabajador no completó los días mínimos de trabajo (al menos la mitad de los días hábiles del año), tiene derecho a vacaciones proporcionales: 1 día de vacaciones por cada 20 días efectivamente trabajados. Esta es la situación habitual para empleados ingresados a mitad de año o con muchas ausencias injustificadas.

Cómo se calculan las vacaciones: la fórmula de pago

Saber cómo se calculan las vacaciones en términos de remuneración es tan importante como conocer los días. La LCT establece en su artículo 155 que el salario vacacional se calcula dividiendo el salario mensual por 25 y multiplicando el resultado por la cantidad de días de vacaciones que correspondan.

La fórmula es:

Pago de vacaciones = (Remuneración mensual ÷ 25) × Días de vacaciones

¿Por qué se divide por 25 y no por 30?

La LCT utiliza el divisor 25 como un promedio que representa los días laborables de un mes. No se divide por 30 (días del mes calendario) ni por los días hábiles reales del mes. Este divisor es fijo y está establecido por ley, no puede modificarse por acuerdo de partes.

¿Qué se incluye en la "remuneración mensual"?

Para calcular la base de pago de vacaciones se debe tomar la remuneración normal y habitual del trabajador, que incluye:

  • Sueldo básico
  • Horas extras habituales
  • Comisiones (promedio de los últimos 6 meses)
  • Propinas habituales
  • Adicionales convencionales (por ejemplo, antigüedad, presentismo)
  • Viáticos que sean remunerativos

No se incluyen los conceptos no remunerativos (tickets alimentarios, asignaciones familiares, gastos de representación, etc.).

Ejemplo numérico completo: cómo se calculan las vacaciones paso a paso

Veamos un caso concreto para que quede claro cómo se calculan las vacaciones en la práctica.

Datos del empleado

  • Nombre: Juan García
  • Antigüedad al 31/12/2025: 6 años y 3 meses
  • Sueldo básico: $900.000
  • Adicional por antigüedad: $90.000
  • Remuneración mensual total: $990.000

Paso 1: Determinar los días de vacaciones

Con 6 años de antigüedad, Juan se encuentra en el tramo de "5 años o más y menos de 10 años": le corresponden 21 días corridos.

Paso 2: Calcular el valor diario

Valor diario = $990.000 ÷ 25 = $39.600 por día

Paso 3: Calcular el pago total de vacaciones

Pago total = $39.600 × 21 días = $831.600

Este importe es el salario que Juan debe percibir antes de salir de vacaciones. Está sujeto a aportes y contribuciones normales (aportes jubilatorios, obra social, ART, etc.) como cualquier otro concepto remunerativo.

Ejemplo con vacaciones proporcionales

Supongamos que María Rodríguez ingresó el 1 de julio de 2025 y a fin de año acumula 130 días efectivamente trabajados. Le corresponden vacaciones proporcionales:

  • Días de vacaciones proporcionales = 130 ÷ 20 = 6 días (se trunca, no se redondea)
  • Si su sueldo mensual es $750.000, el valor diario = $750.000 ÷ 25 = $30.000
  • Pago total = $30.000 × 6 = $180.000

Cuándo se toman las vacaciones: períodos y plazos

El empleador es quien fija las fechas de vacaciones, pero dentro de los límites que impone la LCT:

  • Las vacaciones deben otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril del año siguiente.
  • El empleador debe notificar al empleado con una anticipación mínima de 45 días corridos antes del inicio de las vacaciones.
  • Si el empleador no otorga las vacaciones dentro del período legal, el trabajador puede tomarlas por su propia cuenta, notificando fehacientemente con 24 horas de antelación (LCT art. 157).

Prioridad para padres y madres con hijos en edad escolar

La ley establece que los empleados que sean padres o madres de hijos en edad escolar tienen preferencia para tomar sus vacaciones durante el período de receso escolar de verano (enero-febrero), siempre que las necesidades del empleador lo permitan.

¿Pueden fraccionarse las vacaciones?

Por regla general, las vacaciones se deben tomar de forma continua. Sin embargo, cuando la cantidad de días supera los 21 días corridos (es decir, a partir del tercer tramo de antigüedad), la ley permite que el empleado acuerde con el empleador dividirlas en dos períodos, siendo uno de ellos de al menos 21 días.

Vacaciones no gozadas: qué pasa si no se toman en el período

Si el empleador no otorgó las vacaciones dentro del período octubre-abril, el trabajador puede tomarlas por su cuenta durante todo el mes de mayo. Para ello debe comunicarlo por escrito al empleador con 24 horas de anticipación.

Las vacaciones no se acumulan ni pasan al año siguiente. Si no se tomaron en tiempo y forma, el empleado igualmente tiene derecho a cobrarlas, y el empleador puede enfrentar sanciones por incumplimiento de la LCT.

Vacaciones no gozadas al terminar la relación laboral

Este es uno de los puntos más importantes al hacer una liquidación final. Si el empleado se va (renuncia, despido, jubilación) y no tomó las vacaciones del período en curso, el empleador debe abonarle una indemnización por vacaciones no gozadas. La fórmula es la misma que para el pago normal: (sueldo ÷ 25) × días proporcionales.

Los días proporcionales se calculan en función de los meses trabajados en el año de egreso:

  • Días proporcionales = (Días de vacaciones según antigüedad ÷ 12) × meses trabajados en el año

Ejemplo de indemnización por vacaciones no gozadas

Pedro Sánchez, con 8 años de antigüedad (le corresponden 21 días de vacaciones), es despedido el 30 de junio de 2026. Trabajó 6 meses completos en el año:

  • Días proporcionales = (21 ÷ 12) × 6 = 10,5 → 10 días (se trunca)
  • Sueldo mensual: $1.200.000
  • Valor diario: $1.200.000 ÷ 25 = $48.000
  • Indemnización vacaciones no gozadas: $48.000 × 10 = $480.000

Errores comunes al calcular las vacaciones

Estos son los errores que más frecuentemente cometen los empleadores, especialmente los que llevan su propia liquidación de sueldos sin sistema:

  1. Contar días hábiles en lugar de días corridos. Los días de vacaciones son calendario (cuentan sábados, domingos y feriados).
  2. Dividir el sueldo por 30 en lugar de 25. El divisor legal es siempre 25.
  3. No incluir todos los conceptos remunerativos en la base de cálculo. Las comisiones, el adicional por antigüedad y las horas extras habituales forman parte de la base.
  4. No notificar con 45 días de anticipación. Si no se respeta el plazo, el empleado puede rechazar las fechas impuestas.
  5. No pagar las vacaciones antes de que comiencen. La LCT exige que el pago se realice al inicio del período vacacional, no cuando el empleado regresa.
  6. Confundir antigüedad con fecha de ingreso al cierre del período. La antigüedad se mide al 31 de diciembre del año al que corresponden las vacaciones.
  7. Olvidar liquidar las vacaciones no gozadas en el recibo de egreso. Esto es un concepto obligatorio en toda liquidación final.

Vacaciones y convenios colectivos de trabajo (CCT)

La LCT establece los pisos mínimos, pero muchos convenios colectivos de trabajo mejoran estas condiciones. Por ejemplo, algunos CCT del sector gastronómico, comercio o construcción establecen más días de vacaciones o bases de cálculo diferentes. Siempre verificá el CCT que aplica a tu actividad antes de liquidar.

Si tenés empleados bajo distintos convenios, llevar el control de cada liquidación puede volverse complejo rápidamente. Herramientas como YoFacturo te permiten gestionar la información de tu personal y mantener un registro centralizado de cada empleado, lo que facilita el seguimiento de vencimientos y períodos vacacionales.

¿Cómo llevar el control de las vacaciones en tu empresa?

Más allá del cálculo puntual, el desafío real de las PyMEs es llevar el control sistemático de cuándo vencen las vacaciones, quién las tiene pendientes y cuándo notificar. Algunas recomendaciones prácticas:

  • Registrá la fecha de ingreso de cada empleado y calculá su tramo de antigüedad al cierre de cada año.
  • Emitís las notificaciones de vacaciones con al menos 45 días de antelación, preferentemente por nota firmada o correo electrónico con acuse de recibo.
  • Guardá todos los recibos de pago de vacaciones firmados por el empleado.
  • En cada liquidación final, verificá si hay días proporcionales de vacaciones no gozadas pendientes.
  • Consultá el CCT aplicable a tu actividad para verificar si existen mejoras sobre los mínimos de la LCT.

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Preguntas frecuentes sobre cómo se calculan las vacaciones

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