Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) en México: requisitos, límite de ingresos y cómo crearla en línea
Qué es la SAS en México, quién puede constituirla, el límite anual de ingresos, cómo se crea en línea sin notario con la e.firma, qué obligaciones tiene y cuándo conviene pasar a una sociedad anónima.

Verificado: 16 de octubre de 2026
Si quieres formalizar tu negocio con una persona moral pero no quieres pagar un notario ni esperar semanas por una escritura, la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) es la figura pensada para ti. Se crea en línea, de forma gratuita, con la e.firma de los accionistas, y está diseñada para emprendedores y pequeños negocios. Pero tiene reglas propias, sobre todo un tope de ingresos anuales y restricciones sobre quién puede ser accionista, que conviene conocer antes de empezar.
En esta guía repasamos qué es, qué necesitas, cómo es el trámite, qué obligaciones tiene y cuándo conviene pasar a otra forma de sociedad. Es informativa: confirma siempre los datos vigentes en el portal oficial y con tu contador.
Qué es la SAS
La SAS es un tipo de sociedad mercantil incorporado a la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM). Se constituye por una o más personas físicas, que responden hasta por el monto de sus aportaciones. Su capital se divide en acciones, igual que en la sociedad anónima, pero la creación, la administración y las publicaciones se hacen por medios electrónicos, a través del portal de la Secretaría de Economía.
Es una opción distinta a seguir como persona física: la SAS es una persona moral con patrimonio propio, lo que te permite separar tu dinero personal del del negocio.
Requisitos principales
| Requisito | Detalle según el portal oficial |
|---|---|
| Accionistas | Una o más personas físicas. Una persona moral no puede ser accionista de una SAS. |
| Restricción | Un accionista no puede, al mismo tiempo, tener poder de decisión en otra sociedad mercantil (por ejemplo, ser administrador o accionista de control de otra). |
| e.firma | Todos los accionistas necesitan una e.firma vigente emitida por el SAT. |
| Denominación | Un accionista tramita en línea la autorización del nombre de la sociedad, que lleva las siglas "S.A.S.". |
| Notario | No se requiere. La constitución se hace por medios electrónicos. |
| Costo de constitución | Gratuita. El portal indica que el trámite no genera gastos de constitución. |
| Tiempo | El portal promociona la constitución en 24 horas. |
| Límite de ingresos | Tiene un tope anual que se actualiza (ver siguiente sección). |
El límite de ingresos anuales
Este es el punto que más confusión genera. La LGSM establece que los ingresos anuales de la SAS no pueden superar un monto determinado, que la Secretaría de Economía actualiza cada año y publica en el Diario Oficial de la Federación. El portal tuempresa.gob.mx menciona el tope original de 5 millones de pesos, mientras que las preguntas frecuentes oficiales del primer trimestre de 2025 hablan de 7,398,448.74 pesos, y fuentes distintas citan cifras diferentes porque el monto se actualiza.
Por eso, no te quedes con un número de un blog: por verificar el monto vigente para 2026 en el portal tuempresa.gob.mx o en el DOF antes de decidir. Lo que sí queda claro es la regla: si tus ingresos superan el tope, la SAS debe transformarse en otro tipo de sociedad mercantil (por ejemplo, una S.A. o una S. de R.L.).
Cómo se crea una SAS paso a paso
- Reúne a los accionistas y revisa que cumplan. Todos deben ser personas físicas con e.firma vigente y sin poder de decisión en otra sociedad mercantil.
- Ingresa al portal tuempresa.gob.mx con la e.firma del primer accionista.
- Autoriza la denominación. Propón el nombre de tu sociedad y espera la validación del sistema.
- Captura los datos de la sociedad: domicilio, objeto social, accionistas, porcentaje de cada uno y administración. El portal ofrece un modelo de estatutos.
- Firma con la e.firma de cada accionista. Cada socio revisa el contrato y lo firma en línea.
- Recibe el contrato social y la inscripción. La sociedad se inscribe en el Registro Público de Comercio y se genera su RFC.
- Completa el alta fiscal: domicilio, obligaciones y tramita tu Certificado de Sello Digital (CSD) para poder emitir facturas electrónicas.
Una vez constituida, la sociedad debe cuidar un detalle adicional: las acciones deben pagarse en el plazo que acuerden los accionistas, que no puede exceder de un año.
Obligaciones después de constituirla
- Publicaciones electrónicas: el contrato, el aviso de pago del capital, las convocatorias a asambleas y los informes anuales se publican en el Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles.
- Registro de acciones: llevar un libro de acciones o registro de accionistas.
- Obligaciones fiscales: declaraciones, IVA y facturación electrónica (CFDI) según tu régimen. El portal oficial indica que la SAS se inscribe en el Régimen Simplificado de Confianza; confirma en el SAT cómo te aplica en tu caso.
- Control del tope de ingresos: da seguimiento mensual a tus ventas para saber cuándo te acercas al límite y planear la transformación.
- Obligaciones laborales: si contratas personal, registro ante el IMSS y cumplimiento de la normatividad laboral.
Para vigilar tus ingresos conviene tener un sistema que registre cada venta, cada factura emitida y cada cobro, de modo que veas el acumulado del año en tiempo real y no a fin de ejercicio. Si facturas a público en general, repasa la factura global; y si ya usas el régimen simplificado, mira cómo funciona la retención de ISR en RESICO.
SAS o sociedad anónima: cuál elegir
| Aspecto | SAS | Sociedad anónima |
|---|---|---|
| Accionistas | Una o más personas físicas | Dos o más, personas físicas o morales |
| Constitución | En línea, con e.firma, sin notario | Escritura pública ante notario o corredor público |
| Costo del trámite | Gratuito | Honorarios notariales y derechos de registro |
| Límite de ingresos | Sí, se actualiza cada año | No tiene tope |
| Socios con otras empresas | No pueden tener poder de decisión en otra sociedad mercantil | Sin esa restricción |
| Atracción de inversionistas | Limitada por la regla de personas físicas | Más flexible: socios personas morales, distintas series de acciones |
Como regla práctica, la SAS sirve para arrancar con poco costo y poca burocracia. Si prevés crecer rápido, sumar socios que son empresas o superar el tope de ingresos, una S.A. o una S. de R.L. será más cómoda a mediano plazo.
Cuándo conviene y cuándo no
- Conviene si trabajas solo o con un socio, quieres separar tu patrimonio del de tu negocio, tu facturación está por debajo del tope y no tienes participación decisoria en otras sociedades.
- No conviene si necesitas socios que sean empresas, si esperas superar pronto el tope o si ya eres administrador de otra sociedad mercantil.
- Revisa antes si un cliente grande te exige una forma societaria específica en sus contratos; algunas empresas piden una S.A. de C.V.
Ejemplo: dos socios que abren una tienda en línea
Imagina a Laura y Diego, que venden accesorios por internet y quieren dejar de operar como personas físicas. Ambos son personas físicas, ninguno es administrador de otra empresa y los dos tienen e.firma vigente. Entran al portal, autorizan el nombre, capturan el domicilio, el objeto social y el reparto del 50 % para cada uno, firman en línea y reciben el contrato social. Después tramitan el CSD para facturar y abren una cuenta a nombre de la sociedad.
Un año después, sus ventas se acercan al tope. Como llevan un registro mensual de ventas y facturas, pueden decidir con tiempo si transforman la sociedad en una S.A. antes de rebasar el límite, en lugar de enterarse a fin de año. Es un ejemplo ilustrativo: tu caso puede tener particularidades de régimen fiscal o de actividad.
Errores comunes al crear una SAS
- No revisar si algún socio ya tiene poder de decisión en otra sociedad mercantil, lo que impide la constitución.
- Dejar vencer la e.firma justo antes de firmar el contrato social.
- Olvidar las publicaciones electrónicas obligatorias después de constituir la sociedad.
- No dar seguimiento a los ingresos y descubrir el exceso del tope cuando ya es tarde.
- Mezclar gastos personales y de la sociedad, lo que complica la contabilidad y el control del tope.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta crear una SAS?
El portal oficial indica que el trámite de constitución es gratuito. Después tendrás los costos normales de operar una empresa, como contabilidad y, si aplica, nómina.
¿Necesito notario para constituir una SAS?
No. Se constituye por medios electrónicos, sin acudir con un notario o corredor público.
¿Cuántos accionistas puede tener una SAS?
Puede tener uno o más accionistas, todos personas físicas.
¿Cuánto puede facturar una SAS al año?
Tiene un tope anual que se actualiza. El monto vigente para 2026 está por verificar en el portal tuempresa.gob.mx o en el Diario Oficial de la Federación.
¿Qué pasa si supero el límite de ingresos?
La sociedad debe transformarse en otro tipo de sociedad mercantil, como una sociedad anónima.
¿Una SAS puede emitir facturas electrónicas?
Sí, una vez inscrita ante el SAT y con su Certificado de Sello Digital (CSD) vigente, como cualquier persona moral.
¿Puedo ser accionista de una SAS y de una S.A.?
Según el portal oficial, un accionista de una SAS no puede tener poder de decisión en otra sociedad mercantil. Revisa tu caso con un abogado antes de constituir.
Fuentes oficiales
- tuempresa.gob.mx: Sociedad por Acciones Simplificada.
- Ley General de Sociedades Mercantiles (Cámara de Diputados).
- Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Una nota sobre YoFacturo
YoFacturo todavía no ofrece emisión de CFDI ante el SAT. Esta guía es informativa y no sustituye la asesoría de tu contador ni la información oficial de la Secretaría de Economía y el SAT. Si quieres conocer la plataforma, puedes visitar el sitio de YoFacturo.










