Calculadora de Liquidación Final Paraguay

Calculá la liquidación final en Paraguay: días trabajados, aguinaldo, vacaciones y, en el despido sin causa, preaviso e indemnización.


Para la indemnización usá el promedio de los últimos seis meses.
Total de la liquidaciónGs. —

Salario diario (÷ 30)—
Días trabajados del mes—
Aguinaldo proporcional—
Vacaciones causadas no gozadas—
Vacaciones proporcionales (estimación)—
Preaviso—
Indemnización—

Aporte IPS 9 % sobre días trabajados—
Total después del aporte IPS—

Ingresá el salario y la antigüedad para ver la liquidación.

Cálculo orientativo según el Código del Trabajo (Ley 213/93): preaviso art. 87 y 90, indemnización arts. 91 y 92, vacaciones arts. 218 a 221, aguinaldo arts. 243 y 244. No contempla estabilidad laboral, embarazo ni otros casos especiales. Verificá siempre con el MTESS en mtess.gov.py. Guías: liquidación final,indemnización por despido ypreaviso.
Herramienta orientativa.Los cálculos son aproximados con datos vigentes al 1-nov-2026. Para casos puntuales (deducciones específicas, regímenes especiales, percepciones provinciales) consultá con tu contador o contadora. YoFacturo no se responsabiliza por decisiones tomadas con base en este resultado.

Preguntas frecuentes

Todo lo que necesitás saber sobre esta calculadora.

¿Qué incluye la liquidación final en Paraguay?
Depende de la causa. En una renuncia se cobran los días trabajados del mes, el aguinaldo proporcional y las vacaciones causadas y no gozadas. En un despido sin justa causa se suman el preaviso (si no se dio) y la indemnización, y las vacaciones proporcionales del año en curso.
¿Cómo se calcula la indemnización por despido?
Es el salario diario (promedio de los últimos seis meses ÷ 30) por 15 días y por cada año de servicio o fracción superior a seis meses (arts. 91 y 92 del Código del Trabajo). Se suma al preaviso.
¿Cuántos días de preaviso corresponden?
Hasta 1 año de antigüedad, 30 días; más de 1 y hasta 5 años, 45 días; más de 5 y hasta 10 años, 60 días; más de 10 años, 90 días (art. 87). Si el empleador no lo da, paga el salario de esos días (art. 90).
¿Se descuenta IPS de la liquidación?
Solo del salario de los días trabajados (aporte obrero del 9 %). El aguinaldo, el preaviso y la indemnización no llevan ese aporte en esta calculadora. La calculadora muestra el total antes y después de ese aporte.
¿Es un cálculo definitivo?
No: es orientativo. Las vacaciones proporcionales son una estimación (días anuales × meses de la fracción ÷ 12) y hay casos especiales (estabilidad, embarazo, caso fortuito) que no se contemplan. Verificá tu caso con el MTESS o con un abogado laboralista.

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