Indemnización por despido en Paraguay: cómo se calcula con ejemplos
Cómo se calcula la indemnización por despido sin justa causa en Paraguay: 15 salarios diarios por año o fracción mayor a seis meses, base de los últimos seis meses, ejemplos y casos especiales.

En Paraguay, el despido sin justa causa obliga al empleador a pagar una indemnización de 15 salarios diarios por cada año de servicio o fracción superior a seis meses (artículo 91 del Código del Trabajo, texto modificado por la Ley 496/95). Se calcula sobre el promedio de los salarios de los últimos seis meses y se suma al preaviso.
Actualizado: 8 de octubre de 2026. Fuente: Código del Trabajo, Ley N° 213/93 y modificaciones.
La fórmula
- Base: promedio de los salarios devengados en los últimos seis meses (o el período menor, si trabajó menos) (artículo 92, inciso b).
- Salario diario: base ÷ 30.
- Períodos: años completos de servicio, más uno si la fracción restante supera los seis meses.
- Indemnización: salario diario × 15 × períodos.
Ejemplos
| Promedio 6 meses | Antigüedad | Períodos | Cálculo | Indemnización |
|---|---|---|---|---|
| Gs. 3.044.000 | 1 año y 2 meses | 1 | 101.467 × 15 × 1 | Gs. 1.522.005 |
| Gs. 4.500.000 | 3 años y 7 meses | 4 | 150.000 × 15 × 4 | Gs. 9.000.000 |
| Gs. 6.000.000 | 8 años y 3 meses | 8 | 200.000 × 15 × 8 | Gs. 24.000.000 |
A esto se suma el preaviso si no fue otorgado, el aguinaldo proporcional y las vacaciones no gozadas. Mirá el detalle completo en liquidación final.
Cuándo corresponde y cuándo no
| Situación | ¿Indemnización? |
|---|---|
| Despido sin justa causa | Sí (art. 91) |
| Retiro justificado del trabajador por causas del art. 84 (por ejemplo, falta de pago del salario) | Sí, las mismas del despido injustificado (art. 85) |
| Despido con justa causa del art. 81 probada | No |
| Renuncia voluntaria | No |
| Período de prueba | No (art. 60) |
| Muerte del trabajador | Los herederos tienen derecho a la indemnización acreditando el vínculo (art. 91) |
Casos especiales
- Estabilidad laboral (10 años): si el empleador no prueba la causa ante el juez y la reincorporación no es factible, corresponde el doble de la indemnización por despido injustificado (artículos 94 a 97). Ver estabilidad laboral.
- Embarazo y maternidad: es nulo el preaviso y el despido decidido por el empleador desde que fue notificado del embarazo y mientras dure el descanso de maternidad (artículo 136). La Ley 5508/2015 establece inamovilidad desde el embarazo hasta que el niño cumpla un año.
- Caso fortuito o fuerza mayor que impide continuar (artículo 79): escala propia de uno a tres meses de salario según antigüedad, en ciertos supuestos.
Impuestos
Según la DNIT, las indemnizaciones por despido ajustadas al mínimo legal están exoneradas del IRP. El preaviso y la indemnización tampoco pueden embargarse, salvo la mitad por pensiones alimenticias (artículo 92).
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