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IRP en Paraguay: qué es el Impuesto a la Renta Personal y cómo se calcula

Qué es el IRP, quién lo paga (más de Gs. 80 millones al año por servicios personales), las tasas del 8 %, 9 % y 10 % por tramos, el 8 % de las ganancias de capital, deducciones, exoneraciones (como el aguinaldo) y la declaración anual.

Ilustración de una persona con una carpeta frente a una escalera de tres barras crecientes con un símbolo de porcentaje
Ilustración de una persona con una carpeta frente a una escalera de tres barras crecientes con un símbolo de porcentaje

El IRP (Impuesto a la Renta Personal) grava las rentas de fuente paraguaya de las personas físicas: lo que cobran por su trabajo, en relación de dependencia o independiente, y las ganancias del capital. Por servicios personales se paga recién cuando los ingresos brutos gravados del año superan Gs. 80.000.000, con tasas progresivas del 8 %, 9 % y 10 % sobre la renta neta; las ganancias del capital pagan el 8 %. En esta guía te explicamos cómo funciona según la información de la DNIT (ex SET).

Si además facturás por tus servicios, te sirve la guía de facturación electrónica en Paraguay.

Qué grava el IRP y quién lo paga

Según el artículo 47 de la Ley N° 6380/2019, el IRP grava dos categorías de rentas de las personas físicas:

  1. Rentas derivadas de la prestación de servicios personales (RSP): sueldos, salarios, bonificaciones, honorarios profesionales, comisiones y cualquier otra retribución por trabajo personal, sea en relación de dependencia o independiente.
  2. Rentas y ganancias del capital (RGC): por ejemplo, alquileres de inmuebles o la venta de bienes, excluidas las rentas que grava el IDU (dividendos y utilidades).

Son contribuyentes las personas físicas nacionales o extranjeras residentes en el país, además de las sucesiones indivisas y los padres, tutores o curadores por las rentas de quienes están a su cargo. Cada categoría se liquida por separado: no se pueden mezclar gastos ni ganancias de una con la otra.

Servicios personales (RSP)Ganancias del capital (RGC)
Qué incluyeSueldos, honorarios, comisiones y otras retribuciones por trabajoAlquileres, venta de inmuebles y otros bienes y demás rentas del capital
Tasa8 %, 9 % y 10 %, progresiva por tramos8 %
Desde cuándo se pagaIngresos brutos gravados del año por encima de Gs. 80.000.000Según la imputación de cada renta
DeclaraciónFormulario N° 515, anualFormulario N° 516
Código de obligación715 - IRP RSP716 - IRP RGC

El monto no alcanzado: Gs. 80.000.000

La regla clave del IRP por servicios personales es el monto no alcanzado (MNA). Según la DNIT, una persona física queda alcanzada cuando el total de sus ingresos brutos gravados por servicios personales, contados desde el 1 de enero, supera Gs. 80.000.000 (artículo 62 de la ley).

  • El primer ejercicio va desde el día siguiente a superar el MNA hasta el 31 de diciembre. Ese año liquidás sobre todos tus ingresos brutos percibidos, menos los gastos deducibles realizados desde que quedaste alcanzado.
  • En los años siguientes declarás todos tus ingresos y gastos desde el 1 de enero.
  • Si un año no superás el MNA, igual presentás la declaración jurada, pero no pagás el impuesto.

Como referencia, el salario mínimo vigente desde el 1 de julio de 2026 es de Gs. 3.044.000 por mes: muy por debajo del MNA anual. Lo contamos en salario mínimo en Paraguay 2026.

Cómo se calcula el IRP por servicios personales

El impuesto se calcula sobre la renta neta (ingresos menos gastos deducibles), aplicando a cada porción la tasa de su tramo:

Tramo de renta netaTasa sobre esa porción
Hasta Gs. 50.000.0008 %
De Gs. 50.000.000 a Gs. 150.000.0009 %
Más de Gs. 150.000.00010 %

Ejemplo ilustrativo: con una renta neta de Gs. 200.000.000, los primeros 50 millones pagan 8 % (Gs. 4.000.000), los 100 millones siguientes pagan 9 % (Gs. 9.000.000) y los últimos 50 millones pagan 10 % (Gs. 5.000.000). El impuesto total es Gs. 18.000.000. No es el 10 % sobre todo: cada tasa se aplica solo a su tramo.

Qué gastos se pueden deducir

El artículo 64 de la ley permite deducir, entre otros:

  • Muebles, equipos y la construcción o refacción de la oficina donde trabajás.
  • Gastos personales y de tus familiares a cargo realizados en el país: alimentación, vestimenta, alquiler y mantenimiento de la vivienda, mobiliario y electrodomésticos, y esparcimiento en el país.
  • Salud y educación tuya y de tus familiares a cargo, en el país y en el exterior.
  • Un autovehículo cada tres años y, con condiciones, un inmueble para vivienda cada cinco años.
  • Aportes a la seguridad social en las condiciones de la ley, y cuotas, diezmos y donaciones a entidades reconocidas.

Los gastos deben pagarse con ingresos gravados por el IRP del año, con préstamos o con el remanente de los ingresos gravados de los cinco años anteriores. No son deducibles, entre otros, el propio impuesto, las multas, el esparcimiento pagado en el exterior y los gastos imputados a otro impuesto.

Qué comprobantes guardar

Los gastos tienen que estar documentados: facturas (preimpresas, virtuales o electrónicas) a tu nombre, Boletas RESIMPLE, autofacturas cuando corresponde, el extracto del IPS, boletos de transporte y, para gastos en el exterior de salud o educación, extractos o comprobantes bancarios. Además, los comprobantes se registran en Marangatu (Resolución General N° 90/2021). Con la factura electrónica, podés traer el detalle de los documentos recibidos desde Marangatu en lugar de tipearlos; lo explicamos en la guía de Marangatu.

Lo que no paga IRP

El artículo 56 de la ley enumera rentas exoneradas. Entre las más relevantes para trabajadores e independientes:

  • El aguinaldo exigido por el Código del Trabajo (ver cómo se calcula el aguinaldo).
  • Las indemnizaciones por despido ajustadas al mínimo legal.
  • Los intereses por depósitos en bancos, financieras, cooperativas y mutuales del país.
  • La diferencia de cambio por tener moneda extranjera.
  • La venta de bienes muebles que en el año no supere Gs. 20.000.000.
  • Premios de loterías y sorteos menores a Gs. 500.000.

Ganancias del capital: la tasa del 8 %

Las rentas y ganancias del capital pagan una tasa del 8 %. En el caso de los alquileres de inmuebles, la DNIT explica que podés optar entre determinar la renta neta en forma presunta (el 50 % del precio del alquiler) o real; y en la venta de inmuebles existe también una renta presunta del 30 % del valor de venta. Se declaran con el Formulario N° 516. Si alquilás, tené en cuenta que el alquiler también puede estar gravado por el IVA: al 5 % el de vivienda y al 10 % el comercial (lo vemos en IVA en Paraguay).

Declaración, pago e inscripción

  • Vencimiento: anual. Según la DNIT, el Formulario N° 515 se presenta hasta el vencimiento del tercer mes después del cierre del ejercicio (marzo), en Marangatu.
  • Inscripción: al superar el MNA tenés que inscribirte en el RUC con la obligación del IRP. Si no lo hacés, la DNIT puede inscribirte de oficio y aplicar sanciones.
  • Retenciones: en algunos pagos (dividendos de sociedades simples, regalías, premios de azar, venta de inmuebles con escribano) el pagador retiene el IRP.

Antes de inscribirte o de cargar tu RUC en un sistema, verificá el dígito verificador con el validador de RUC. Y si sos empleado y querés saber cuánto cobrás en mano, la calculadora de sueldo líquido descuenta el aporte al IPS (no incluye el IRP).

Los montos y tasas de esta nota salen de la biblioteca impositiva de la DNIT y de sus cartillas informativas. Antes de presentar tu declaración, revisá que no haya cambios en la sección del IRP de la DNIT o consultá con tu contador.

IRP y facturación electrónica

Si prestás servicios en forma independiente, tus ingresos se documentan con facturas (incluida la factura electrónica del SIFEN) y tus gastos con los comprobantes de tus proveedores. YoFacturo integra SIFEN (e-Kuatia) para emitir facturas electrónicas con KuDE y CDC. Estamos habilitando los primeros contribuyentes: conocé YoFacturo para Paraguay.

Preguntas frecuentes

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Fuentes

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