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Jubilación IPS: requisitos, edades, años de aporte y cuánto se cobra

Requisitos para jubilarse en el IPS: 60 años y 25 de aporte (100 %), 55 y 30 (desde 80 %), 65 y 15 (proporcional, 60 %). Cómo se calcula el haber y el trámite Retiro Feliz.

Ilustración de una persona mayor sonriendo con un calendario y una alcancía
Ilustración de una persona mayor sonriendo con un calendario y una alcancía

Para jubilarte en el IPS tenés que cumplir al mismo tiempo tres condiciones: edad, años de aporte y retiro de la actividad laboral. Existen tres combinaciones de edad y aportes: 60 años con 25 de aporte (cobra el 100 %), 55 años con 30 de aporte (desde el 80 %) y 65 años con 15 de aporte (jubilación proporcional, 60 %).

Actualizado: 8 de octubre de 2026. Fuente: Instituto de Previsión Social (IPS).

Las tres opciones

EdadAños de aporteRégimenPorcentaje del promedio salarial
60 años25 añosJubilación ordinaria (Ley 98/92)100 %
55 a 59 años30 añosOrdinaria anticipada (Ley 98/92)80 % a los 55, +4 puntos por año: 84 %, 88 %, 92 %, 96 %
65 años15 añosJubilación proporcional (Ley 4290/11)60 % con 15 años de aporte, proporcional al tiempo aportado

La opción "60/25" es la única en la que el empleador puede pedir al IPS la jubilación de oficio del trabajador; en las otras dos, el asegurado decide y firma la solicitud voluntariamente.

Cómo se calcula el haber

Según el IPS, el haber se calcula sobre el promedio de los salarios de los últimos 36 meses: se suman esos salarios, se divide por 36 y se aplica el porcentaje que corresponde. Ejemplo orientativo: si el promedio de los últimos 36 meses fue Gs. 5.000.000:

SituaciónPorcentajeHaber estimado
60 años y 25 de aporte100 %Gs. 5.000.000
57 años y 30 de aporte88 %Gs. 4.400.000
65 años y 15 de aporte60 %Gs. 3.000.000

El cálculo exacto lo hace el IPS con los aportes fiscalizados y certificados. Las reglas jubilatorias pueden ser objeto de reformas: confirmá siempre con el IPS antes de decidir.

Por qué importa que tu empleador aporte bien

Solo cuentan los aportes efectivamente registrados y pagados. Si tu empleador declaró menos salario del real o no te inscribió, tu promedio y tus años de aporte serán menores. Revisá periódicamente tus aportes y, como empleador, declarás todo lo que es salario (ver aporte IPS obrero y patronal).

El trámite: Retiro Feliz

El IPS ofrece el trámite Retiro Feliz, que permite gestionar la jubilación en forma anticipada para empezar a cobrar desde la fecha en que cumplís la edad, siempre que ya tengas los aportes requeridos. La documentación básica incluye la cédula (original y fotocopia) y los datos de los empleadores en los que aportaste y los períodos en cada uno. Una vez cumplidos los requisitos y el retiro de la actividad, el beneficio puede cobrarse desde el mes siguiente al retiro.

Estabilidad y jubilación

El Código del Trabajo prevé que un trabajador con estabilidad (10 años con el mismo empleador) puede terminar su contrato al acogerse a la jubilación, y las partes pueden pactar una nueva relación laboral. Lo explicamos en estabilidad laboral en Paraguay.

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Preguntas frecuentes

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Fuentes

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